Tengo 87 años y no tengo ninguna familia que me oriente. Solamente tengo unos excelentes amigos que viven en Illinois. Soy residente desde 1973. Hace unos años tomé la decisión de ir a vivir en un lugar donde me ayudaran, pero resultó que no tenían licencia y tuve que buscar otro lugar. Ahí conocí a María Elena S., una señora nicaragüense de un corazón de oro que se identificó conmigo y yo con ella.
Yo necesitaba una cirugía de rodillas y me pidió que esperara a que ella regresara de su país, pues se le iba a vencer la visa. Así lo hice, pero el día 15 de octubre del 2003, al llegar al aeropuerto la deportaron al comprobar que había trabajado. Yo quisiera saber si yo tengo alguna forma para que ella pueda venir, aunque la solución sea difícil para mí.
María Ponce, Miami
Primero que todo, mis respetos, como me lo merecen automáticamente todas las personas que son mayores en edad que yo mismo. Respecto de su amiga nicaragüense, desde el punto de vista técnico-inmigratorio no se ve nada que usted pueda hacer por ella. Solamente los cónyuges y los hijos mayores de 21 años que sean, los unos o los otros, ciudadanos de EEUU, puede presentar petición por el ingreso rápido de su familiar a nuestro país. Otros parentescos también tienen derecho a presentar peticiones, pero estas son mucho más lentas (toman, en general, varios años de espera). Su caso es diferente porque usted no tiene parentesco alguno con su amiga. Pueden ser hermanas de corazón, pueden amarse como de hija a madre (o viceversa), pero nada de eso vale a efectos inmigratorios. En una palabra, no veo recurso alguno para que usted pueda traer a su amiga a convivir con usted acá.Esta conclusión es definitiva y aparentemente muy negativa, pero en ella misma también radica la solución del caso: recuerde el antiguo refrán, Si Mahoma no puede ir a la montaña, que venga la montaña a donde está Mahoma (!) Si su amiga tiene impedimento absoluto para venir a EEUU, usted no tiene ninguno (o al menos, ninguno que haya expresado) para no ir donde está ella. Si usted es residente y quiere ir por tiempo considerable (aunque no ilimitado), incluso puede gestionar un reentry permit (permiso de reingreso), por cierto, repetible, que le asegura la entrada a EEUU de regreso hasta por dos años.
¿Qué este movimiento no es fácil para usted? Tal vez no lo es. Pero usted misma me pidió respuesta aunque sea difícil para mí. No tengo otra más fácil -- piénselo, y decida. Si necesita ayuda con la gestión del permiso, cuente conmigo.
Mi preocupación es que he tenido tres delitos menores y al no tener la posibilidad de contratar a un abogado, me aconsejaron me declarara culpable pues así nada más tenía que pagar los gastos de corte y no tenía que ir a juicio. Pero en el último, el juez me pareció que dijo algo de deportación y no entiendo bien el inglés, especialmente porque él lo dijo tan rápido. Yo soy cubano y tengo la residencia, pero tengo que renovarla en el 2009.
¿Cree usted que me la quiten y me deporten? Por favor, oriénteme qué puedo hacer.
Carlos, Miami
Los cubanos en EEUU son benditos: aunque se porten mal y merezcan ser deportados, el gobierno no puede hacerlo porque Cuba no los recibe. Si la conducta social es pésima, EEUU puede hasta mantenerlos encerrados, pero deportarlos, es imposible. Viva tranquilo y no cometa más delitos, ni grandes ni chiquitos...