En el artículo de Fernando Ravsberg Cuba: los emigrados se benefician de las reformas, publicado en BBC Mundo el 16 de diciembre, el autor dice que oficiosamente se asegura que decenas de miles de cubanos están tramitando la repatriación en los consulados y “BBC Mundo comprobó que en las oficinas de migración en Cuba hay una cola permanente de emigrados solicitando quedarse en la isla”. También nos informa Ravsberg que en las oficinas de migración ya hay anuncios explicando los documentos necesarios para la repatriación y que la apertura del trabajo por cuenta propia les permitió a algunos emigrados regresar y abrir negocios con sus familiares.
Aunque sé que ha habido algunos cubanos que han deseado regresar definitivamente, me ha tomado por sorpresa esta avalancha, pero era de esperar. He podido saber por medio del blog de la web d’cubanos.com que en realidad hace tiempo se viene ofreciendo esta repatriación. La nota se titula Regreso definitivo a Cuba. Repatriación. Ahí se especifica que los emigrados que están interesados en regresar definitivamente a Cuba, deberán tramitar una solicitud de Regreso Definitivo a Cuba (Permiso PE-4), también nombrada Solicitud de Repatriación, en el consulado donde esté inscrito.
La solicitud será enviada a la Dirección de Inmigración y Extranjería en Cuba (DIE), quienes determinan y aprueban si se ajusta a la política migratoria establecida por Cuba. Las personas que califican son: las mujeres mayores de 60 años, los hombres mayores de 65 años de edad y los menores de edad (16 años).Los requisitos: Tener la edad especificada, no haber participado en actividades hostiles contra el gobierno de Cuba, tener una vivienda en Cuba o que sean acogidos en el hogar de su familia. Debe demostrar que cuenta con familiares que garanticen documentalmente que poseen recursos económicos y de vivienda que permitan recibirlo, darle abrigo y sustentarlo.
Los solicitantes residentes en Estados Unidos deben escribir a la Sección de Intereses de Cuba en Washington.
• Carta donde argumente los motivos de su solicitud. Si la causa es por enfermedad, debe anexar resumen de historia clínica original y su traducción al español.
• Planilla de solicitud completamente llena con letra de molde clara o a máquina.
• Dos fotos (tamaño pasaporte) y fotocopia del pasaporte cubano.
• Certificado de antecedentes penales de Estados Unidos, con su traducción al español, notarizada.
• Resultados de exámenes médicos serológicos, VIH y placa del tórax.
• Dos money orders por la cantidad de 20 dólares cada uno, a favor de la Sección de Intereses de Cuba, uno para el pago de inicio del trámite y el otro por el trámite no personal (no presentación de la persona en el Consulado). Los money orders deben ser pagaderos a Cuban Interests Section.
Yo quisiera en un momento no lejano regresar definitivamente a mi país. Mi vida y mi trabajo los conoce bien la Seguridad del Estado. Me han prohibido la entrada dos veces. ¿Qué pasaría si solicito ahora la repatriación?¿Cómo puedo cobrar el cheque mensual de mi retiro (Social Security), además de una pensión que comenzaré a recibir cuando cumpla los 65?
Estas preguntas y otras me han estado dando vueltas en la cabeza a medida que se acerca la posibilidad real, no soñada, del regreso a la patria. Ahora bien, ¿qué pasa con las personas que tengan entre 16 y 60 años de edad? ¿No pueden repatriarse si así lo desean? Esperemos que la reforma migratoria que se augura en las redes sociales y otros medios se haga una realidad y se acaben todos estos permisos violatorios del Artículo 13 de la Declaración de los Derechos Humanos. Hasta que eso no suceda me sigo quedando en USA.



























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