Soy una profesional cubana que llegué a EEUU como integrante de una misión y estoy aún bajo parole, con intención de emprender ahora mi gestión de residencia. Tengo a mi familia, ó sea, mis padres y una hermana viviendo fuera de Cuba desde hace varios años y ahora quisiéramos reunificarnos todos y continuar nuestras vidas en EEUU.
¿Pueden ellos acogerse a la Ley de Ajuste Cubano? Hasta dónde es limitante, o acaso imposibilitante de ser acogidos por esta ley el no proceder directamente de Cuba y el haber vivido por un tiempo en otro país? Por último, ¿es limitante que mis familiares tengan, además de la cubana por nacimiento, una segunda nacionalidad? ¿Y qué me dice de la supervivencia de esta ley? ¿Se mantendrá por mucho tiempo más?
(Anónimo a solicitud), Miami
Su carta es importante, no sólo por el interés personal de usted, sino porque Miami es “la capital del exilio cubano” y, por ello, todo lo que se aclare más y más y más sobre las normas de la Ley de Ajuste Cubano, es valioso para toda la comunidad.
Para contestar sus preguntas específicas, conviene –pienso yo-- resumir una vez más los principios básicos de la Ley de Ajuste Cubano. En gran resumen, esta ley otorga la residencia permanente en EEUU a todo solicitante que demuestre (1) que es cubano por nacimiento o por nacionalidad y (2) que tiene un año y un día (o más) de presencia física legal en EEUU. Como generosa adición a esta maravilla, esa ley hace extensivo el beneficio al cónyuge y los niños de ese cubano, cualquiera sea el nacimiento y/o la nacionalidad de ellos.
Antes de abril de 1999, se agregaba una tercera condición a la obtención de residencia por “ajuste cubano”. Era la de haber sido admitido legalmente (vale decir con visa ó con parole) a EEUU. ( Parole significa admisión sin visa pero con inspección y consentimiento de Inmigración, sección 212(d)(5) de la Ley de Inmigración.) Pero a partir de entonces, la Comisionada de Inmigración Doris Meissner, facilitó todavía más las cosas a los cubanos ordenando otorgarles parole a todo cubano que llegara, sin visa, a tierra firme de EEUU.
La explicación legal que acabo de transmitirle contiene, de manera intrínseca, las respuestas a todas las preguntas que usted me plantea. ¿Pueden ellos acogerse a la Ley de Ajuste Cubano? Sí, pero la ley no funciona en el exterior: para acogerse a ella: los solicitantes deben encontrarse físicamente en EEUU. El que procedan o no procedan directamente de Cuba ó el haber vivido cualquier tiempo en otro país y aun adquirido esa nacionalidad, es completamente indiferente – no es un factor que hace parte de la ley. Por lo tanto (su tercera pregunta), ¿los limita de alguna manera el tener, además de la cubana, otra(s) nacionalidad(eso? Respuesta: no, en absoluto: “Lo cortés no quita lo valiente”, dice un consagrado refrán...
De todo lo planteado, lo más difícil –en algunos casos-- es el requisito fundamental: entrar a EEUU. Sin entrar, no existe la Ley de Ajuste Cubano. Usted, ya está aquí. Por lo tanto, no tiene problema alguno. Pero sus familiares no lo están. En esa situación, su otra nacionalidad adquirida, en algunos casos sí, y en otros casos no, afecta su intención. ¿Cómo? Treinta y seis países del mundo (la mayoría de estos, europeos) tienen convenio con EEUU que permite a sus nacionales “visitar” EEUU por 90 días, sin necesidad de visa alguna. En la actualidad (¡más controles!) el viajero que puede estar exento de visa, pero está sujeto, sin embargo, a un previo (y muy rápido) control electrónico de admisibilidad a EEUU (Sistema Electrónico de Control de Viajeros, ESTA) sin el cual la línea aérea en que pretende venir simplemente no lo deja embarcar. Personas con problemas (por ejemplo, historial de negaciones de visa a EEUU) bien pueden ser rechazadas por ESTA y ahí sí surgen dificultades muy difíciles de vencer.
En cuanto a la Ley de Ajuste Cubano, está bien vivita y coleando. Si tiene más preguntas, las puertas de mi oficina siempre están abiertas para usted...
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132



























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