Soy extranjero, mi número de extranjería es A-(omitido) y estoy preso por conspiración de drogas. Este es el primero y único caso en mi vida en este país. Mi madre es ciudadana americana nacionalizada y me trajo a EEUU en 1972, cuando yo tenía tan sólo 6 años de edad. Llevo 41 años en este país y mi hijo mayor tiene 24 años de edad.
Mi pregunta es: ¿Puedo yo reclamar mi ciudadanía americana? ¿Puedo pedir un perdón ( w aiver)? ¿En mi caso se puede utilizar la N-600, sí ó no? Si usted cree que mi caso pudiera tener solución, por favor mándeme una carta ó hable al siguiente número (omitido) con la señora (nombre omitido) en Misión, Texas. Muchas gracias, atentamente,
Joel Salinas
Youngstown, Ohio
Contestarle sus tres preguntas específicas al pie de la letra como usted las ha formulado en el limitado contexto descriptivo de su carta, es cosa sencilla... pero creo que hacerlo no le sirva para nada. Veamos. “¿Puedo yo reclamar mi ciudadanía americana?” Respuesta a secas: claro que sí -- sí puede “reclamar” la ciudadanía porque esto es un acto de su voluntad, que nadie se lo puede impedir. Pero, reclamarla, ¿sería ó no un acto productivo, lo cual es el verdadero sentido de su pregunta? Esa respuesta (que supongo que es la que usted busca) es mucho más complicada, ya que no todo lo que se reclama en la vida, uno lo va a recibir ... Segunda, “¿Puedo pedir un perdón?” Respuesta: otra vez, claro que sí, pero pedir una cosa no es lo mismo que obtenerla... que es a lo que usted aspira. Tercero, “En mi caso se puede utilizar la N-600, ¿sí ó no?” Esa pregunta es incontestable, dado que faltan datos en su carta acerca de qué hizo –ó dejó de hacer-- al respecto su madre ciudadana cuando lo trajo (???) a EEUU a los 6 años de edad, mucho tiempo antes del delito que ha generado todas sus preguntas.
En circunstancias ordinarias, cuando un ciudadano de EEUU trae a un niño suyo nacido en el exterior en calidad de resi dente de este país (y cumple con todos los demás requisitos), ese niño automáticamente obtiene la ciudadanía estadounidense. Pero las circunstancias suyas no son las ordinarias, tazón por la cual me abstengo de prometer nada de lo cual no esté completamente s eguro que estoy en lo cierto.
Como suelo decir --medio en serio, medio en broma-- en situaciones como la suya, “Faltan datos de otros municipios...” (!)
Según la descripción exacta de cada una de las vicisitudes que usted ha vivido en EEUU en el transcurso de los 47 (6 + 41) años de su existencia, es imposible –y no sería más que una descabellada conjetura—que un abogado serio pronunciara la opinión sobre su caso que usted me pide.
Por todo lo dicho, y antes de que yo, un abogado de inmigración (que seré bueno ó malo, pero que serio sí soy) pueda responder con piso firme las inquietudes que usted plantea, es indispensable que usted me mande copias de todos sus papeles y un resumen muy detallado de los hechos de su vida que pudieran haberle abierto --ó cerrado-- las puertas de una posible adquisición ó derivación de su ciudadanía de EEUU como niño residente de una ciudadana de este país.
Yo no contesto superficialidades ni me aventuro a decirle a los interesados lo que ellos quieren oír. Tampoco trabajo gratuitamente para quienes tengan menos de 80 años de edad ó que carezcan de toda capacidad mental – nada de lo cual es su caso. Es cierto que en ocasiones acepto casos de presos sin mirar mucho si pueden sufragar mis servicios profesionales (el reproche bíblico de “Estuve preso en la cárcel y no me visitasteis...” Mateo 25:43-45), pero mi avanzada edad y mis circunstancias vitales ya no me permiten moverme físicamente a localidades lejanas de Miami, Florida, tal como lo es la llamativa Youngstown, Ohio.
Así que, en resumen, si lo desea, y sin erogación alguna para usted, déme detalles específicos de su vida inmigratoria (y de su infortunio penal) y, con mucho gusto, le responderé en firme.
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132



























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