Soy una madre cubana de 61 años, con residencia permanente en este gran país, la cual obtuvimos mi esposo y yo legalmente al año y un día de habernos acogido a la Ley de Ajuste Cubano. Tengo dos hijos varones, el mayor de 42 años, también con residencia legal en este país y el menor en Cuba, de 37 años, soltero y sin hijos.
En mayo del 2011 hice mi aplicación con categoría I-130 a la Oficina de Inmigración USCIS California Service Center para la aplicación de la misma a petición por “Reunificación Familiar”, por ser nuestro mayor deseo, y el de él, venir a este país, primero a reunirse con sus padres y único hermano, y segundo, con la esperanza de tener un futuro mejor y digno con sus propios esfuerzos, además de formar su propia familia, ya que no ha procreado hijos hasta completar su sueño.
Cuando recibí el 7 de mayo del 2011 la primera antorcha y en mis búsquedas desesperadas en el sitio web de Internet de la Oficina de Inmigración que recibió mi documentación (correcta y completa) se dice que la segunda antorcha debe demorar de 5 a 6 meses (lo máximo), ya llevo esperando un año y 25 días sin tener noticias del estatus actual de mi caso, pues el sitio WEB sólo da información de tipo general y, aun detallando el número del caso recepcionado, no he obtenido información personalizada alguna.
Le pido el favor me ayude y oriente qué debo hacer y, a la vez, le ofrezco mis disculpas por robarle el tiempo preciado de su atención, pero Dada su gran experiencia acumulada durante años y su gran corazón para colaborar en estos casos, le ruego me ayude en nombre de Dios a encontrar una salida y respuesta correcta a mi caso. Que Dios lo bendiga, me despido de usted con todo mi respeto y admiración y con la certeza de que tendré su segura atención. Una servidora,
María Eugenia Coca, Miami
Gracias por su carta, amable y respetada señora, y me es de mucho gusto poner luz en su desconcierto y ayudarle a coronar con éxito su importante y maternal deseo.
Todo lo que usted hizo, lo hizo bien, y probablemente ya tendría una respuesta más concreta, salvo por un detalle que no figura en las instrucciones, pero que ayuda mucho a que no se produzcan errores y demoras que no tienen razón de ser. Le explico. La petición de un padre ó madre residente por un hijo soltero en el exterior técnicamente se denomina una petición de “2da. Preferencia, subcategoría F2A” si el muchacho fuera menor de 21 años de edad, ó de “2da. Preferencia, F2B”, si el hijo es adulto, vale decir, de 21 años de edad en adelante. Para los hijos menores, la cola ó espera de su subcategoría va por marzo del 2010, y para los hijos mayores todavía mucho más atrasada – apenas por junio del 2004. ¡Pero no se alarme! Existe una disposición especial que les permite a los beneficiarios de esas categorías que sean cubanos y se hallen en Cuba --¡como su hijo!— no tener que hacer la espera en la Isla, sino venir rápidamente a EEUU y hacer la cola acá (!!!) Todavía más, “al año y un día” de su ingreso a EEUU, no necesitan hacer más cola, sino que escogen hacerse cubanos residentes legales permanentes (CU-6), “sin más pan y canastas” igual que lo hicieron usted y su esposo (!!!).
Cuando las peticiones se hacen por la vía correcta, todo esto es rutinario, y no suelen presentarse irregularidades extrañas. Pero cuando la petición entra por California, a veces se presentan descuidos e Inmigración no se percata de que se trata de un cubano en la isla y que este tiene el tratamiento especial que le expliqué arriba.
Acérquese a mi oficina para ayudarla (sin costo alguno) a hacer las precisiones necesarias. Normalmente un cubano que viene de la isla se demora unos 2 años en llegar acá, debido a que hay muchos casos similares por delante. Esa demora es inevitable, pero si no se hace nada para corregir lo explicado, no llegará nunca... ¡ó después!
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132




























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