Acabo de llegar un despliegue militar en el extranjero y quiero planificar mi jubilación. ¿De qué manera afectará mi pensión militar a la cantidad de los beneficios de Seguro Social?
A.F., Kendall
Su pensión del servicio militar no afectará para nada la cantidad de los beneficios de Seguro Social. Usted tiene el derecho de recibir ambos. Por lo general, no se reducen los beneficios de Seguro Social porque usted tenga derecho a recibir una pensión del servicio militar. Usted recibirá la cantidad de los beneficios de Seguro Social en su plenitud basada en sus ganancias vitalicias. No obstante, es posible que sí se le reduzca la cantidad de los beneficios de Seguro Social debido a que recibe una pensión del gobierno basada en empleo civil donde no pagó contribuciones al programa de Seguro Social. Encontrará una explicación más amplia en nuestra publicación, que encontrará en la Internet, titulada “El servicio militar y el Seguro Social” la puede ver en www.segurosocial.gov
/espanol/10917.html. También puede llamarnos al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).
Yo pienso trabajar a tiempo parcial por alrededor de tres años antes de jubilarme. Ya que ustedes usan mis últimos tres años para calcular mis beneficios de Seguro Social, ¿reducirán mis beneficios futuros de jubilación estas ganancias del trabajo de tiempo parcial?
G.R., Miami
Actualmente, basamos todos los cálculos de jubilación del Seguro Social en los 35 años de ganancias más altos (ajustados por la inflación) – no solo en los últimos tres o cinco años. Así que el hecho de que tendrá tres años de ganancias reducidas cerca del final de su vida laboral, tendrá un efecto insignificante en sus beneficios de Seguro Social. Usted puede usar nuestras calculadoras en línea en www.segurosocial.gov para obtener una mejor idea de cómo sus ganancias de tiempo parcial afectarán su Seguro Social.
Yo recibo pagos del Seguro Social por incapacidad y cumpliré 65 años muy pronto. ¿El alcanzar la edad de jubilación afectará mi pago de incapacidad?
F.H.J., Miami
Usted no debe notar ningún cambio en sus pagos de beneficios cuando alcance su “plena edad de jubilación” la cual, en su caso, es probablemente los 66 años. El Seguro Social cambiará sus beneficios por incapacidad a beneficios de jubilación en los propios registros de la agencia - - pero la cantidad del pago se mantiene igual.
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a María Díaz:
El Nuevo Herald,
One Herald Plaza,
Miami, FL 33132

























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