Los abogados de los demandantes son, ante todo, innovadores; su último ardid para lograr importantes cobranzas incluye una nueva y abusiva forma de litigar que funciona de la siguiente manera:
Los abogados de los demandantes entablan demandas civiles en el exterior, a fin de asegurar el pago de grandes sumas derivadas de sentencias en contra de corporaciones estadounidenses emitidas por corruptas cortes extranjeras. Luego, los abogados buscan cobrar dichas sentencias en los EEUU, amparándose bajo normas estadounidenses liberales que favorecen el reconocimiento de sentencias extranjeras, en lo que podría llamarse “turismo judicial”.
Los ejemplos abundan; en estos últimos años las cortes nicaragüenses han emitido sentencias por miles de millones de dólares en contra de compañías de EEUU, bajo una ley nacional diseñada para limitar su defensa.
Aunque las cortes de EEUU se han negado a ejecutar las sentencias de las cortes nicaragüenses alegando violaciones al debido proceso, la posibilidad de su ejecución cuelga sobre la cabeza de estas empresas, lo que da lugar a mucha incertidumbre y desalienta tanto las inversiones como las contrataciones.
En el 2003 Chevron Corporation fue enjuiciada en el Ecuador por daños ambientales supuestamente causados por las operaciones petroleras de Texaco que cesaron hace más de una década. La demanda fue entablada a pesar de que Texaco, adquirida por Chevron en el 2001, había concluido sus operaciones en el Ecuador en 1992, y había resuelto con Ecuador todo reclamo ligado a limpieza ambiental en 1994.
Aún así, en febrero del 2011, un juez ecuatoriano ordenó a Chevron pagar 8,600 millones de dólares en indemnizaciones y, de manera increíble, el mismo juez ordenó incrementar esta suma a 18,600 millones de dólares porque la compañía se habría negado a presentar sus disculpas públicas en un plazo de 15 días tras ser emitida la sentencia. Es el monto más alto ordenado en una sentencia emitida por una corte extranjera en contra de una compañía de EEUU.
Dado que Chevron no posee activos en el Ecuador, los abogados de los demandantes se han embarcado en una especia de ‘turismo judicial’ y han diseñado un plan para cobrar la sentencia en cualquier lugar en el que Chevron tenga negocios.El primer destino ha sido EEUU. Con pruebas fehacientes de que la sentencia ecuatoriana es el producto de fraude, Chevron logró ganar un mandato judicial de una corte federal en Nueva York, la que entre otras cosas, evitaba el cobro de la sentencia en EEUU. Esa orden fue invalidada por una corte superior y el caso está ante la Corte Suprema.
Con esta nueva táctica, los abogados de los demandantes podrían establecer un desafortunado precedente que podría llevar a la quiebra a cientos de compañías que mantienen operaciones en el exterior, además de socavar nuestra economía y subvertir el estado de derecho. Por lo tanto ¿qué es lo que se debe hacer para evitarlo?
Primero, se requiere de una legislación federal para eliminar la mescolanza de leyes estatales inconsistentes, permisivas, y contradictorias que rigen para el reconocimiento de sentencias extranjeras. Los estados tienen normas diferentes, pero la mayoría de ellas muestra gran deferencia hacia las cortes extranjeras y muchas se basan en normas previas al comercio globzal, la proliferación de juicios y la justicia como botín.
Necesitamos una sola ley federal que sea clara, uniforme y moderna; que reconozca las sentencias extranjeras solo cuando hayan sido obtenidas de manera justa, razonable y legal. Primero, en el 2010 el Congreso de manera efectiva enfrentó una nueva forma de búsqueda internacional de foro conveniente, conocida como “turismo de libelo”. Los demandantes lograban sentencias favorables en juicios por difamación, entablados contra estadounidenses y emitidas por cortes extranjeras y buscaban que fueran reconocidas en EEUU.
De manera unánime el Congreso aprobó una ley que permite a los demandados provenientes de Estados Unidos impedir la ejecución de sentencias internacionales por difamación que no cumplan con los requisitos de libertad de expresión establecidos en la Primera Enmienda. El Congreso debería enfrentar el tema del ‘turismo judicial’ de la misma manera.
Segundo, la Corte Suprema de EEUU debería tratar el caso de Chevron y ordenar que cuando exista evidencia de que una sentencia emitida por una corte extranjera haya sido obtenida a través de fraude y corrupción, la víctima de la sentencia tenga derecho a impedir el reconocimiento y ejecución de la misma ante las cortes de EEUU. La Cámara de EEUU presentó una petición urgiendo a la Corte Suprema a proceder igual. Las firmas estadounidenses no deberían tener que esperar por años perseguidas por el fantasma de una sentencia sin poder cuestionarla en cortes de EEUU.
Presidente y CEO de la Cámara de Comercio Norteamericana.



























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