¿Necesito obtener una copia de todos mis expedientes médicos si pienso solicitar beneficios de Seguro Social por incapacidad?
I.A., Doral
Es posible que pueda acelerar el proceso de su reclamación si trae sus expedientes médicos. No atrase su solicitud mientras trata de reunir todos los expedientes.
Tenemos procedimientos especiales para obtener los expedientes médicos. Sólo traiga una lista completa de todos los doctores, clínicas y hospitales donde ha recibido tratamiento, y nosotros buscaremos estos registros por usted. La forma más rápida de aplicar para cualquier beneficio de seguro social es en la página oficial del Seguro Social, www.segurosocial.gov.
Voy a cumplir 62 años y estoy pensando jubilarme en ese momento. Yo pienso que solo ganaré alrededor de $10,000 este año. Aunque hay una posibilidad que pueda conseguir un trabajo mejor donde gane muchísimo más dinero. Entonces, es posible que tenga que suspender mis cheques de Seguro Social por un tiempo. Tengo miedo que si solicito el Seguro Social ahora, estoy estancándome en un beneficio reducido que luego lamentaré. ¿Lo estaré?
E.P., West Miami
No. Cuando usted solicita para Seguro Social por primera vez, sus beneficios son reducidos por aproximadamente la mitad de un por ciento por cada mes que reciba beneficios antes de la “edad de jubilación completa”. Sin embargo, si regresa a trabajar, obligándonos a terminar sus cheques, usted no será penalizado. Cuando usted finalmente se jubile, volveremos a calcular sus beneficios y eliminaremos esa reducción por cualquier mes que no recibió un cheque de Seguro Social debido a que estaba trabajando. Así que, usted no se está estancando en una tasa fija de Seguro Social al comenzar sus beneficios.
Toda la información sobre como el trabajo le afecta a sus beneficios la puede encontrar en el sitio www.segurosocial.gov.
He recibido beneficios de Seguro Social por incapacidad por muchos años. Yo nací en 1946 y cumpliré los 66 años en este año. ¿Qué pasará con mis beneficios por incapacidad?
C.Z., Miami
Cuando usted alcance “la edad de jubilación completa” la cual es 66 años para las personas nacidas entre 1943 y 1954, cambiaremos sus beneficios de incapacidad a jubilación. Es posible que ni siquiera se de cuenta del cambio porque la cantidad de su beneficio será la misma. Es sólo que cuando usted alcanza su edad de jubilación, nosotros comenzamos a pensar en usted como una persona “jubilada” y no como un beneficiario de incapacidad. Como lo consideramos jubilado puede trabajar que no le afectaría a sus beneficios.
Envíe sus preguntas
a María Díaz:
El Nuevo Herald,
One Herald Plaza,
Miami, FL 33132

























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