Sur de la Florida

Veleidades de una petición por Reunificación Familiar

 

Especial para El Nuevo Herald

Mi esposa e hijo son cubanos y viven en Cuba. Ella y mi hijo fueron reclamados por su papá que es ciudadano americano. La reclamación fue aprobada en el 2010; en esa fecha mi hijo era menor de edad y el turno para la entrevista en la Oficina de Intereses en La Habana se lo dieron para abril del 2013, momento en que tendrá 23 años. El es soltero y no tiene hijos.

¿Hay posibilidad de que se le dé la visa junto con la mamá? Me han dicho que si se presenta un affidávit por cierta cantidad de dinero, el cónsul apruebe su visa. ¿Esto es cierto y. de ser así, de cuánto debía ser el valor del affidávit?

Justo Valdés, Miami

El avance de la edad de una persona suele ser beneficioso, en término de madurez, para la mayoría de los efectos de la vida,pero en materia de inmigración esta premisa casi siempre opera al revés.

En el caso concreto de su hijo, la petición que hizo el ciudadano de EEUU por la hija era de “3ra. Preferencia” si la señora estaba casada ó de “1ra. Preferencia” si no. En ambos casos, la petición incluía por derivación a los niños de ella. La clave del asunto es que los niños dejan de ser “niños” cuando cumplen los 21 años, y al dejar de serlo, se caen de la petición. (La única excepción a este malhadada consecuencia es que el tiempo que la petición, tras de haber sido presentada, queda sin aprobar en alguna gaveta de Inmigración, se resta de la edad del derivado al momento de la aprobación (!) y de esa curiosa manera, algunos derivados son “ menores de 21”, independientemente de su edad real).

Si ocurriera todo esto exactamente así, los dos –la madre y el hijo—emigrarían juntos bajo el programa de Reunificación Familiar ó CRFP (Cuban Family Reunification Program) que los exime de las cuotas ordinarias, y así llegarían aquí juntos, cada uno con su parole. Al “año y un día” de su llegada –eminentemente legal—a EEUU, estarían listos para “aplicar” por sus residencia(s), como lo han hecho millares y millares de cubanos durante estos dolorosos años desde que Cuba sufre los efectos de su desintegración post-revolucionaria.

Pero supongamos que su hijo no le tocó en suerte el engavetamiento de la petición del abuelo ciudadano que acabo de explicar y que el muchacho en el 2013 tiene sus 23 años y ningún tiempo acumulado que lo pueda “rejuvenecer”.

¿Fin de la historia? ¡Nooooooo! Cuando esto ocurre, a la Sección de Intereses de EEUU en La Habana le queda todavía un paso, de carácter discrecional: a solicitud de la mamá en la entrevista en que ella recibe su propio parole, la Sección puede considerar otorgarle también parole a su hijo. Si la solicitud tiene éxito, el joven la seguirá en su emigración a EEUU y, “Colorín, colorado, el cuento se ha acabado” (!!!) (Esa posibilidad está descrita en un memorando de instrucciones de Inmigración (“Questions and Answers, Cuban Family Reunification Program”, Nov. 27, 2007, ampliado Nov. 28, 2008), que contempla esa situación. “Discrecional” significa que este procedimiento no constituye un derecho, sino el ejercicio de una excepción por razones de justicia y humanidad, y que su aprobación debe ser consultada y aprobada por USCIS (Servicios de Ciudadanía e Inmigración de EEUU) en este país. Este trámite no es instantáneo sino que puede tomar algunas semanas. Pero si el joven tiene buenos antecedentes, yo me permito predecir que lasolicitud será aprobada.

Por último, usted habla en su carta de “mi esposa e hijo”. Nada agrega usted acerca de su propio estatus inmigratorio en EEUU (??!). Todo su caso lo describe usted en función de la petición que presentó el padre ciudadano de EEUU por ella y su hijo (el nieto del peticionario). Me produce curiosidad el que no me habla en absoluto de una posible petición de usted por ellos dos (“mi esposa e hijo”, etc.)(!). ¿Será que usted no tiene estatus inmigratorio? Porque si fuera por lo menos residente, usted mismo podría hacer (ó haber hecho) su propia petición por su hijo, con todo el programa CFRP a su favor.

¡Misterios! Pero de esos está llena la vida. Usted dirá...

MANFRED ROSENOW

es un abogado y periodista

de Miami especializado

en temas de inmigración.

Escríbale a El Nuevo Herald,

1 Herald Plaza, Miami, FL 33132

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