Estimado amigo, le doy las gracias a Dios por usted y su familia.
Nací en Cuba, llegué a este país en el año 2009 y ya soy ciudadana americana por mi esposo que llegó en el año 2000. Mi pregunta es: ¿Podemos nosotros reclamar al único nieto que no pudo venir conmigo ya que mi salida fue por refugiada política? Ese nieto es de un hijo mayor que falleció antes de él nacer, y yo lo crié. El tiene su mamá en Cuba y una niñita de 3 años de una noviecita que tuvo. El hoy tiene 22 años, es un hombre bueno, estudioso, terminó el Pre-universitario y terminó el curso de Maestro Emergente. El se mantiene soltero.
Por favor, le ruego que me conteste y me ayude. Muchas gracias,
Inés Rojas, Hialeah, Florida
Soy yo, doña Inés, quien le da las muchas gracias por su amable carta, y bien quisiera ayudarle en el predicamento que me plantea. Tenga la seguridad de que lo haré hasta donde lleguen las posibilidades legales de su caso, pero, dejando sentada esta premisa, me temo que no tengo expectativas que sugerirle.
En otras palabras, me duele el corazón, pero, por más que lo quisiera hacer, no puedo decirle cosas agradables ó que mitiguen su desconsuelo que estén reñidas con la realidad de su caso. Esa realidad, por más que tanto a usted como a mí nos duela, es que no existe en su caso una base para corregir ahora lo que usted no hizo a su debido tiempo: adoptar legalmente a su nieto antes (!) de que el cumpliera los 16 años de edad. Hacerlo ahora, que ya tiene 22, es legalmente imposible para fines de inmigración. Los hijos adoptivos que adquirieron esa condición por petición legal presentada antes de la edad citada, comparten las diversas clasificaciones de “hijos” que un padre ó madre adoptante pueden pedir por vía inmigratoria. Al no haber hecho eso, por mucho que usted haya criado al nieto con todo el amor y la consagración que seguramente lo hizo, se perdió esa oportunidad y ahora es demasiado tarde.
En la ley de inmigración de EEUU no existen peticiones directas por nietos. El ciudadano de este país solamente puede reclamar a su padre, a su madre, a su cónyuge, y a sus hermanos. Al pedir a estos últimos, quedan incluidos como derivados, los niños del reclamado que, al momento de la petición, no hayan cumplido sus 21 años de edad. (Es así como llegan a EEUU esta última clase de nietos). De la misma manera, llegan, como derivados, los nietos que son niños de los hijos solteros ó casados. Pero ningún nieto --ni niño ni adulto-- puede inmigrar por petición d irecta de su abuelo ó abuela.
Unica vuelta posible para que el nieto que usted describe en su carta, es que lo pidiera, no usted, su abuela, sino su madre, si ésta fuera residente legal permanente ó ciudadana de EEUU... pero ella no es nada de eso sino que es una buena señora que vive en Cuba, como la menciona usted en su carta. Otras posibilidades: que su nieto logre salir de Cuba a un país vecino de EEUU (México, por ejemplo), que de ahí proceda y tenga éxito en llegar a la frontera con este país, y allí se presente a las autoridades fronterizas de nuestro país y pida admisión a EEUU, se la darían en forma de p arole. Al año y un día después, podrá solicitar su residencia y, ¡colorín, colorado, el cuento se ha acabado!
Todo lo dicho deberá haberlo hecho sin establecerse previamente (vivienda y trabajo) en un país extranjero. Cabe la pregunta de si no pudiera llegar a EEUU por petición laboral, que no familiar, ya que, como usted lo describe, es un muchacho preparado. Le menciono esto porque, con sus estudios y preparación, su nieto sería un candidato apetecible en EEUU. Pero esto mismo podría hacerle más difícil la salida de Cuba, aunque desarrollos recientes en la isla parecerían indicar más laxitud en las salidas. Con esto ya me estoy saliendo del tema, porque evidentemente yo no soy abogado en Cuba y me limito a contestarle como abogado y ciudadano de EEUU.
¡Dios es grande y todo lo puede! Me sería una fiesta que el llegara acá. Que El los bendiga a los dos...
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132



























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