Sur de la Florida

Las maravillas de la Ley

 

Especial para El Nuevo Herald

Aprovecho la sección del periódico donde usted aclara tantas situaciones de inmigración de una manera tan amena y sencilla, para que me explique, ¿qué oportunidad tiene una persona que viene de Cuba con visa de visita familiar y decide quedarse aquí en EEUU para pedir al año y un día el “Ajuste Cubano”? ¿Qué tiempo tuviera que esperar para reclamar, por ejemplo, a su hijo de 26 años?

Agradecida de antemano por su respuesta,

G.N. Méndez, Miami

Brevedad y concisión, me encanta su cartita. (Me imagino que cuando el padre de su hijo le propuso a usted que los dos unieran con amor sus vidas, usted no le contestó “Démonos un tiempo, voy a pensarlo. y el año entrante te contesto”, sino que le respondió “sí” – ¡sólo dos letras en una sola palabra! ¿O me equivoco?! La gente lacónica es así, y en eso no cambia...).

Siguiendo su tónica le contesto, la primera pregunta: ‘Ningún problema”, y la segunda,: “Si el hijo es –¡y se mantiene!-- soltero, le tomará hasta llegar acá entre 3 a 4 años”. (Hay mucha gente haciendo cola antes de ustedes.) Pero con ambas de sus preguntas tan concisas (!), me queda espacio para ampliar mis respuestas con advertencia, explicación y comentario.

“Un año y un día” es la espera inicial hasta que bajo la Ley 89-732 (Cuban Adjustment Act ó CAA), ó sea, la Ley de Ajuste Cubano, cubano ó cubana que haya entrado legalmente a EEUU tiene que esperar “un año y un día” para pedir su residencia legal permanente, la que folclóricamente se le llama su g reen card– aunque ya hace muchos anos esa tarjeta dejó de ser verde... La CAA ha persistido desde su inicio en 1966 por el Presidente Johnson, y sigue plenamente vigente gracias a los brillantes esfuerzos del ex Representante Lincoln Díaz-Balart cuando amenazaba extinguirse. Para usufructuar los extraordinarios beneficios de esa ley, debe existir una petición válida a favor del beneficiario, proveniente de un familiar calificado residente ó ciudadano de EEUU. (La excepción son los “balseros” cubanos que, si llegan “con los pies secos” a tierra de EEUU, el gobierno de este país les concede parole (admisión bajo palabra) y, al mismo “año y un día”, como todos los que entran con visa (como usted), gozan del mismo privilegio.

Para que un padre ó madre residente pueda reclamar a un hijo adulto (vale decir, de 21 ó más años de edad), se requiere que el beneficiario no sea casado (soltero, divorciado, ó viudo, están bien). Esa petición (categoría F2B) usualmente tiene una cola ó espera de muuuuchos años (!) -- gran problema para cualquier otra nacionalidad, pero indiferente (!) para los cubanos debido a otro regalo (político) del destino: el “Programa de Reunificación Familiar Cubana (CFRP)”, que no es que acorte la larguísima espera mencionada, sino que le permite a la Sección de Intereses de EEUU en La Habana otorgarle parole al reclamado para así poder venir rápidamente a EEUU y ¡hacer su espera aquí!

Todavía falta una maravilla más. Llega el cubano con su parole a esperar la conversión de su admisión en residencia cabal y completa y, ¿qué pasa? Que al año y un día de su admisión con parole -- “ahí entra el tiple”, como diría un músico colombiano-- el cubano no sigue esperando el largo turno de la F2B con que fue pedido, sino que se acoge a la Ley de Ajuste Cubano (condición; que no se haya asentado antes de ello en otro país) y, ¡colorín, colorado, el cuento se ha acabado! – así surge el dosmillonésimo c ubano residente de nuestro gran país.

Pero recuerde...y evite errores: todo este mecanismo se traba si el cubano viene de la isla casado.¿Por qué? Porque un r esidente sólo puede pedir a hijos solteros (como expliqué arriba) y sin petición aprobada, todo el mecanismo que detallé, ¡se acaba por la base! Sólo un peticionario ciudadano de EEUU puede pedir a un hijo casado... Y sin petición aprobada, al cubano no le queda más que llorar y seguir “disfrutando” las “maravillas” de la Cuba de los hermanos Castr.....o (!!!)

MANFRED ROSENOW es un

abogado y periodista de Miami

especializado en temas de inmigración.

Escríbale a El Nuevo Herald,

1 Herald Plaza, Miami, FL 33132

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