Me dirijo a usted porque me gusta leer su Línea de Inmigración en el periódico, y a la vez hacerle una pregunta. ¿Sabe? A veces me río sola con sus respuestas que resultan hasta cómicas...
Hace 7 años llegué a este país, invitada por mi hija que vive aquí, y me quedé por la razón que ella me necesitaba y no dudé en ayudarla, pero tengo otra hija en Cuba y que, ahora que yo me hice ciudadana de este país, me ha abierto las puertas y me ha ayudado en todo. Yo sé que puedo reclamar a mi hija, pero se necesita un affidavit y para eso tendría que recurrir a otra persona que me lo dé, ya que yo no trabajo, y lo que yo tenía entendido es que aquella persona que dé el affidavit se tiene que hacer responsable por 10 años. Claro, eso me lo dijo a mí una abogada de inmigración, pero ayer usted da contestación a una señora sobre que el affidavit y explica que al tener la persona que viene “un año y un día de estar aquí” y hacer los trámites para la residencia, ya quien dio él affidavit deja de ser responsable financieramente del que llegó.
De ser así, pues sólo me queda decirle, gracias a Dios que nos ayuda siempre y a usted, que siempre está ahí dispuesto. Espero me aclare bien, pues ahora me siento confundida con la respuesta de la otra abogada, porque yo tengo una amistad dispuesta a ayudarme, pero no por 10 años. Atentamente,
María D., Miami
¿Sabe usted? Según estudios muy “serios” (??!), las personas que se ríen mucho viven un 32.7 por ciento más tiempo que las que a toda hora están como si se hubieran bañado esa mañana, no con agua, sino con vinagre... Aun renunciando a la “ñapita” del .7 decimal, al sumarle a mi edad actual más un treinta y dos por ciento, termino predestinado a vivir – y con ello, estas columnas – hasta el año 2046 (!!!)
Pero, “¡vamos!” (como dicen los españoles), usted no me escribió para que yo le hiciera uno más de los torpes chistes con que trato de espantar el mal humor que, simiila similibus curantur! (“¡el mal con el mal se cura!”), suele suscitar en la gente los problemas de inmigración... Antes bien, lea con cuidado, que le voy a explicar la razón de por qué, ¡ usted no tiene nada de qué preocuparse!
La explicación es completamente darwiniana. Descubrió y promulgó el gran sabio inglés Charles Darwin que “en la naturaleza prevalece el más fuerte sobre el más débil” – ley dura para el espíritu del hombre, pero que, de no ser así, la vida en nuestro planeta se extinguiría muy pronto. Asimismo ocurre en las leyes de inmigración. Una ley muy lógica obliga a todo aquel que pretende inmigrar a EEUU, demostrarle previamente a las autoridades que no va a ser carga pública. Para eso el pretendido inmigrante deberá demostrar de antemano que podrá subsistir sin constituirse en carga para el gobierno ó la sociedad.
Ese es el propósito del affidavit of support y esa ley rige siempre para el resto de los extranjeros inmigrantes. Así y todo, existe otra ley – el Programa Familiar del Refugiado Cubano (CRFP) – que protege a los refugiados cubanos –¡nadie más la tiene!— no exigiéndoles más requisitos (1) que el cubano haya ingresado legalmente a EEUU (si no lo ha hecho con visa, la mayoría de las veces le dan parole, que da lo mismo); (2) que lleve “un año y un día” (ó más) de estar físicamente acá, y (3) que no tenga conducta criminal, que, de ser así, se lo impide.
Esta ley es mas fuerte que la general y ¡ no exige affidavit! Por eso, aunque para entrar a EEUU le exigen al cubano un affidavit sencillo (la I-134), al “año y un día” el cubano ajusta a residente por el CFRP y en ese momento ¡el affidavit se muere!
¿Qué pasó? Que la ley para los cubanos (la “grande”) se comió la ley general del affidavit (la“chiquita”), Darwin se sonríe, ¡y todo el mundo contento!
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132



























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