Soy un joven nacido en Cuba que cuenta con la ciudadanías cubana y española. Al alcanzar la mayoría de edad, marché a España, al ser esta la única vía con la que contaba para salir de Cuba. Allí estuve viviendo durante 9 años, durante los cuales estuve estudiando y trabajando con el objetivo de prepararme para poder cumplir mi meta que ha sido la de vivir en EEUU. En agosto de este año logré finalmente realizar este viaje.
Accedí a EEUU por el aeropuerto de Miami, entrando por medio de mi pasaporte español y una visa ESTA. Acto seguido solicité asilo con mi pasaporte cubano y mi certificación de nacimiento de ese país. La decisión de pedir el asilo la tomé con el objeto de conseguir cuanto antes el permiso de trabajo. Allí me tramitaron y expedientaron durante varias horas, otorgándome parole por un año como cubano, lo cual reflejaron en mi pasaporte español.
Mis problemas comienzan cuando al intentar poner en marcha todos los trámites administrativos en los diferentes servicios gubernamentales, se me alerta de que dicho parole carece de número ó número de alien (extranjería), sin lo cual no podía efectuar ninguno de mis trámites. Fue entonces cuando me dirigí a uno de los servicios jurídicos que me cubría el gobierno y que me han venido asesorando hasta la fecha, quienes me aconsejaron que me personase ante Inmigración (USCIS). La cuestión radica en que los servicios jurídicos que me asesoran desde el inicio, me aconsejan no presentarme en Deferred Inspection pues correría el riesgo de que me retiraran el parole, lo que podría acarrear consecuencias no deseadas e irreversibles.
Además de no contar con un número de alien, en el pasaporte junto al parole me han puesto un sello que dice textualmente “Refused in accordance with INA Section 217 R52013”. Es por esta razón que alguna de las personas que me han asesorado me señala que podría no tener derecho a acogerme a la Ley de Ajuste Cubano y, por lo tanto, no poder solicitar mi residencia llegado el “año y un día” de haber vivido en este país.
Me dirijo a usted para que me aconseje y oriente sobre la vía más conveniente para resolver mi situación, pues como podrá ver, me encuentro bastante desorientado y preocupado.
R.A., Miami Lakes, Florida
“Por la ignorancia, perece mi pueblo” (Oseas 4:6) es una sabia admonición bíblica que se tornó en raíz de todos sus problemas descritos. ¿De dónde ¡#$%^&!!* tomó usted (cubano de nacimiento, naturalizado español) la decisión de despreciar todas las enormes ventajas legales de su cubanía original (!) y, deslumbrado por su auto-inventada idea de pedir asilo en EEUU (???!), tratar por ese medio de soslayar su dificultad de obtener rápidamente un permiso de trabajo? No fue ningún abogado de inmigración, ni bueno, ni regular, ni malísimo, quien le indicó la barbaridad de embarcarse en una solicitud de un asilo imposible para usted (!), sino que fueron consejos ó sugerencias de presumidos “sábelotodos” particulares, completamente ignorantes en la materia. ¡Cosas de llorar!!
El asilo es un programa legal impuesto por la Convención de Ginebra desde 1967, para el cual el primer requisito es que usted venga refugiado desde su país original, sin escalas en otro país alguno que le haya dado protección. Usted no solamente no vino a EEUU desde Cuba, sino que, a través de 9 años de vivir tranquilamente en España (“estudiando y trabajando”), se naturalizó español... ¡y ahora pidió asilo en EEUU! ¿Asilo de qué??! ¿España lo persiguió, lo maltrató, lo apresó, ó algo así? ¡Todo lo contrario! En resumen: ¡usted no tiene la menor posibilidad de “asilarse”, ni en EEUU, ni en cualquier otro país del mundo...! Ahora usted mismo se complicó la vida y costará Dios y su ayuda “desenterrarlo” del hueco en que se ha lanzado...
Venga a verme y con mucho gusto –y un costo razonable—trataremos de sacarlo de la fosa en la que se ha zambullido...
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132




























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