Soy ciudadano de Cuba, residente permanente de EEUU, pero también tengo ciudadanía española, derivada de mis abuelos. El año entrante intento presentarme para la ciudadanía estadounidense. Por ley, sólo puedo tener una ciudadanía diferente antes de naturalizarme en este país. Quiero conservar la ciudadanía española y, por otra parte, Cuba no acepta que uno renuncie a la ciudadanía cubana.
Creo que puedo presentarle a Inmigración una carta mía al consulado de Cuba en Madrid, renunciando a mi ciudadanía cubana. Tengo entendido que Cuba no permite esa renuncia, pero al menos dejo constancia de mi intención. Pienso que un país libre como EEUU no acepte que alguien sea esclavo de su nacionalidad anterior. ¿Usted qué me sugiere?
Andrés Hidalgo
Lafayette, Louisiana
Gracias, don Andrés, por escribirme con sus inquietudes y, antes de ofrecerle respuestas específicas, debo felicitarle por sus iniciativas de éxito en este gran país. Desde el punto de vista inmigratorio, el mayor de estos triunfos es precisamente la obtención de la ciudadanía de EEUU por naturalización, y usted ya está bien cerca de coronar ese emocionante proyecto. Congratulations!
Hasta por la década de los 1940s, EEUU miraba con marcada reserva el que un ciudadano estadounidense pretendiera ostentar asimismo una s egunda ciudadanía. Se interpretaba aquello como una falta de adhesión al país, y quien así la demostraba, ponía en peligro (pensaba el gobierno) su lealtad a su ciudadanía de EEUU. El argumento simple, y aparentemente muy contundente, era, “en caso de una guerra entre EEUU y ese otro país, ¿en qué bando pelearía el doble-ciudadano??! Entre 1967 y 1977, sin embargo, la Corte Suprema de EEUU profirió diversas sentencias (los casos Afroyim v. Rusk, Rogers v. Bellei, y Fiallo v. Bell) que progresivamente dejaron atrás aquella posición arcaica. (Nota al pie: decir “americano” –en vez de “estadounidense”-- es semánticamente incorrecto -- americanos somos todos los nacidos desde la Patagonia hasta Alaska...).
Hoy día, ningún ciudadano de EEUU puede ser desprovisto por causa ni autoridad alguna de su ciudadanía de este país, ¡ojo!, ¡a menos de que elija hacerlo así por su propia voluntad! – y esto, ante un cónsul de EEUU en el exterior, ya que dentro del país, no puede hacerlo en manera alguna. Excepción: los extranjeros genocidas que ocultaron su pasado criminal al naturalizarse, se hicieron ciudadanos con falsedad, y al final, aunque fuera medio siglo después al ser descubiertos, por ello fueron desnaturalizados y deportados de EEUU.
¿Qué pasa entonces con una segunda ciudadanía? Que él ciudadano no puede utilizarla para nada (¡ni siquiera para entrar!) en EEUU, pero que una vez se encuntre en el exterior, puede hacer lo que se le venga en gana. Si quiere ser y actuar como ecuatoriano, malayo, cingalés, ó cualquier otra nacionalidad, ¡hoy día a EEUU ni le va, ni le viene, ni le interesa!.
En resumen, la aseveración suya de que usted “sólo puede ostentar una ciudadanía distinta de la de EEUU”, es incorrecta. Al país no le interesa que usted tenga, no una, sino dos, tres, ó 14 ciudadanías diferentes, siempre y cuando, como ya expliqué, no pretenda usarlas ¡ al llegar ó dentro de EEUU!
Por otra parte, ni Cuba ni España le van a retirar sus ciudadanías -- Cuba, porque insiste en que ningún cubano puede dejar su cubanía por mucho que se naturalice en otro país; ni España, porque trasmite la ciudadanía española hasta los nietos de españoles, ¡nazcan donde nazcan! Así que usted no n ecesita escribir cartas de ninguna clase y más bien debe rehuir complicaciones con acciones sobrantes que sólo tenderían a enredar y enmarañar innecesariamente su caso.
Punto final: Welcome to U.S. citizenship next year!, y si en algo más puedo servirle, las puertas de mis oficinas en Miami siempre están abiertas para usted...
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
1 Herald Plaza, Miami, FL 33132



























Mi Yahoo