Sur de la Florida

El “año y un día” del ajuste cubano es requisito de todos

 

Especial para El Nuevo Herald

Estimado Dr. Manfred: Felicitaciones por su excelentísimo trabajo.

Soy cubano recién llegado a EEUU. Viví en Ecuador por cerca de 12 años y mi esposa es de nacionalidad ecuatoriana. Yo ingresé por la frontera México-EEUU y me concedieron un parole; mi esposa, en cambio, ingresó por vía aérea con visa de turismo. A ella le concedieron un I-94 con 6 meses de estadía. La visa de mi esposa admite entradas múltiples por 5 años. Mi pregunta concreta es:

¿Existirá algún inconveniente en el momento de aplicar a la Ley de Ajuste Cubano si mi esposa se queda en el país hasta que transcurra un año y un día, aún si la fecha que consta en su tarjeta I-94 se hubiese vencido?

Hemos escuchado varias opiniones y la mayoría dice que “no hay problema, que se quede hasta poder aplicar”. Además nos informan que para aplicar, parte de los requisitos son los siguientes: (1) estar casados legalmente sin importar la nacionalidad del cónyuge. (2) haber permanecido junto al solicitante principal al menos un año y un día ininterrumpidamente. (3) ser elegible para inmigrar según otros requisitos de la ley de inmigración de EEUU.

¿Son reales estos requisitos? Atentamente,

“Leonel”, Miami

Como usted es cubano, le resumo “en cubano”: usted “¡está hecho!” – traducción: “ni usted ni su esposa tienen el menor problema”... Aunque para decir la verdad completa, ¡ustedes casi se lo buscan! Su carta (y mucho se la agradezco y aprecio) es como quien anda por toda la casa con linterna en mano... ¡buscando lo que no se le ha perdido! En otras palabras, su carta es clara, lo preguntado es importante, pero lo de “hemos escuchado varias opiniones y la mayoría dice”, ¡es peor que el aguacate en ayunas...!

Uno de los quita-sueños más innecesarios y peligrosos es... la opinión “de la gente”. Mi recomendación: cuando tenga alguna duda importante en el campo de la inmigración, el recurso correcto es el de preguntarle a un abogado de inmigración, tal como lo está haciendo hoy. Que quede bien claro: no estoy diciendo que tenga que consultarme a (quien soy ese tipo de profesional), sino que pregunte a quien quiera que sea abogado, ¡pero no a un vecino, un amigo, ó un pretendido “experto” ó “especialista” que no ostente en la pared de su oficina su diploma de abogado y el certificado de su admisión al BAR de la Florida ó del estado que quiera. Tampoco se me confunda y busque consejo en el bar, taberna, ó cantina donde se toman sus tragos los que más aman la bebida que la verdad – el BAR de que le hablo es el colegio de abogados del estado en que viva. Cosas del idioma inglés, porque como decia nuestro gran Cervantes (Quijote de la Mancha) (que tampoco andaba manchado...), “Toda traducción es como un bordado visto por su revés”...

¡Aterricemos! (Que tampoco significa que estuviéramos volando por los aires...) La Ley de Ajuste Cubano (CAA, en inglés) concede la residencia legal permanente (popularmente llamada la green card y que tampoco es verde) a todo cubano que la pida al año y un día (ó más tiempo) de haber entrado legalmente a EEUU, y que no sea inadmisible al país por pasado criminal (y que no diga mentiras en su solicitud, como es lo de un sonado caso de Miami de plena actualidad).

Esta generosísima ley incluye al cónyuge y a los niños del cubano, que reúnan las mismas condiciones de entrada y tiempo de admisión (aunque ya estén ilegales). El ó la cónyuge del cubano solicitante simplemente tienen que cumplir el exigido año y un día, ó más, de haber llegado legalmente a EEUU. Algo que muy recientemente las cortes corrigieron es que Inmigración concedía la residencia al cubano bajo está ley con 30 meses (2 años y medio) de retroactividad, pero que para el cónyuge no-cubano del mismo, la retroactividad se limitaba hasta la fecha del matrimonio. Lo corregido: la retroactividad la reciben ambos, aunque a esa fecha aun no estuvieran casados (!) ¿Quiere ó necesita más detalles? Venga a verme... El espacio en el periódico es limitado, pero mi voluntad de explicar es mucho más larga...

MANFRED ROSENOW es un

abogado y periodista de Miami

especializado en temas de inmigración.

Escríbale a El Nuevo Herald,

1 Herald Plaza, Miami, FL 33132

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