Nací en Cuba, tengo 52 años, y juré ciudadanía americana en agosto de este año. Hace 5 años España aprobó la Ley 52/2007 ó Ley de Memoria Histórica, por la cual los hijos y nietos de ciudadanos españoles que padecieron persecución ó violencia durante la Guerra Civil y la dictadura podían optar por la ciudadanía española.
Siendo nieta de español y, por una cuestión sentimental, presenté mi solicitud en el consulado de España en Miami hace ya 4 años. Al transcurrir todo este tiempo, yo daba por negada mi solicitud. Para sorpresa mía, hace una semana me notificaron que me fue concedida la nacionalidad española.
¿Hay algún problema en tener doble ciudadanía, americana y española?
“Mercedes”, Hialeah, Florida
¡Mercedes! Bello nombre evocativo de la primera vez de mi vida que me enamoré... Pero antes de que doña Teresa, mi inseparable esposa, guardiana y protectora de mis últimos 40 años frunza el ceño, debo aclarar que “Merceditas”, la hijita menor de unos vecinos barranquilleros de mi infancia, tenía entonces unos 10 ú 11 añitos, y yo, tal vez, de 11 a 12 ... Al fin, un día esa familia se mudó a otro barrio, y ahí terminó la emoción – en una hermosa imagen infantil enterrada para siempre en el olvido... Hasta que su carta, amable lectora, electrizó alguna neurona vieja de mi cerebro con tan
romántico y lejano recuerdo...
Pero usted NO me escribió para que yo le hable boberías de mi pubertad, que a nadie, ni aun a mí mismo, le interesan. Lo suyo es ACTUAL y mucho más serio e importante para muchos de mis lectores. Para su tranquilidad personal, comienzo, por lo tanto, contestándole lo esencial: NO SE PREOCUPE, que usted, ciudadana estadounidense por naturalización, ciudadana española por herencia, y ciudadana cubana por nacimiento, ¡NO TIENE NINGUN PROBLEMA! Todo consiste en saber ENTENDER y MANEJAR su TRIPLE (que NO doble) ciudadanía.
Me explico.
Sólo los españoles por nacimiento, que lo son por definición, como los nacidos en España ó en alguna de sus antiguos colonias, posesiones, etc., Madrid les acepta y reconoce DOBLE ciudadanía. Los demás, bien pueden ser y actuar como españoles, pero la ley española les exige RENUNCIAR a su otra ciudadanía por cuestiones, un tanto protocolarias, de lealtad al Rey de España.
Por esta razón las autoridades españolas pudieran exigirle mañana ó en un momento dado que usted RENUNCIE su ciudadanía de EEUU. ¡Tranquila! Esa renuncia tendría que hacerla ante un consulado u organismo de España. Con ese acto, los españoles quedarían satisfechos y contentos, pero ocurre que usted NO habrá renunciado a ser ciudadana estadounidense ante un consulado de EEUU (entienda bien la diferencia), que es la UNICA forma, por cierto, muy difícil, que EEUU reconocería (!) Que haya renunciado ante cualquier autoridad extranjera, a EEUU no le vale ni le importa un pito – para EEUU usted SIGUE siendo ciudadana estadounidense (con todas sus obligaciones tributarias y demás). Resultado real: que usted vivirá acatando las obligaciones (y usufructuando los derechos) de cada uno de ambos países... ¡Importante! -- siempre que entre y salga de cada uno de ellos, deberá hacerlo con el PASAPORTE DE ESE PAIS.
¿Qué pasa con su ciudadanía cubana? Ya sé que a usted no le interesa ni le gusta, pero, ante el (des)gobierno de Cuba, siempre la tendrá, ¡y el país no le reconocerá ninguna otra! Por eso los cubanos que se han hecho ciudadanos de EEUU, cuando quieren ó necesitan viajar a Cuba, tienen que obtener primero un PASAPORTE CUBANO – La Habana NO los dejará entrar a Cuba de ninguna otra manera (!)
Como a usted Cuba, explicablemente, NO le interesa, ese problema no es suyo, así que olvídese de su TRIPLE ciudadanía (la de Cuba es “olvidable” pero irrenunciable). Ahora tiene las dos ciudadanías que verdaderamente le interesan. Mucho éxito en sus viajes a España y mándeme de allá aunque sea una postal...



























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