Tengo niños en mi casa y planifico jubilarme el próximo otoño. ¿Tendrán mis niños derecho a cheques mensuales de Seguro Social después que me jubile?
Y.A., West Palm Beach
Se pueden hacer pagos mensuales de Seguro Social a sus niños si ellos son:
Solteros y menores de 18 años de edad;
De 19 años y todavía está una escuela secundaria; o
Mayores de 18 años, quienes se incapacitaron antes de los 22 años de edad y continúan incapacitados.
Además de los niños biológicos, los niños adoptivos, hijastros dependientes y nietos podrían tener derecho. Para informarse mejor, lea por Internet nuestra publicación titulada, Beneficios para niños en www.segurosocial.gov/espanol/10985.html.
Me denegaron mi solicitud para recibir los beneficios por incapacidad y no estoy de acuerdo con la decisión. ¿Cómo apelo?
G.K., Doral
Visite www.segurosocial.gov y haga clic en el enlace «Solicite una apelación para incapacidad por Internet» en la columna del lado izquierdo. Este es el punto de partida. Allí puede pedirnos que revisemos nuestra decisión médica. Hay dos partes para el proceso de apelación por Internet:
Un formulario para solicitar la apelación por Internet; y
Un Informe de apelación por incapacidad, el cual nos da información acerca de su padecimiento.
Puede llenar ambos formularios por Internet. Para apelar por Internet, el único formulario que se requiere que usted envíe es una solicitud para apelación (Parte 1). Sin embargo, lo animamos a que envíe un Informe de apelación por incapacidad (Parte 2) porque nos dará más información acerca de usted y nos ayudará a procesar su apelación más rápidamente. El lugar donde comenzar es www.segurosocial.gov.
Ya no trabajo en los Estados Unidos, ¿puedo tener un reembolso de impuestos de Seguro Social?
Y.M., Coral Gables
La ley no nos permite rembolsar los impuestos de Seguro Social. Sin embargo, es posible que usted pueda ser elegible a recibir beneficios de Seguro Social de los Estados Unidos como resultado de un acuerdo bilateral entre los Estados Unidos y su país de residencia. Estos acuerdos pueden ayudar a muchas personas que, sin el acuerdo, no serían elegibles a beneficios mensuales de jubilación, incapacidad o sobrevivientes bajo los sistemas de Seguro Social de uno o ambos países. Usted puede acceder la información sobre los acuerdos entre los Estados Unidos y otros países en el sitio de Internet siguiente: http://www.ssa.gov/international/inter_intro.html.
Envíe sus preguntas
a María Díaz:
El Nuevo Herald,
One Herald Plaza,
Miami, FL 33132

























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