Muy buenos días, estimado Rosenow. He visto su correo en El Nuevo Herald y, ya que responde asuntos de inmigración, me animo a escribirle.
Le expongo mi situación. Soy cubana de nacimiento, con nacionalidad española. Cumplí 24 años y tengo pensado casarme con mi novio de 23 años y nacionalizado alemán, ambos residentes en España. Me gustaría saber, dadas nuestras circunstancias, qué nos recomienda usted para poder ir a residir y trabajar en Estados Unidos.
Tenía entendido que si entramos por el aeropuerto, yo me acojo a la ley de asilo, y al entrar junto con él, ya casados, automáticamente él se acoge a mi parole, de tal forma que los dos tendríamos permiso de trabajo a los 3 meses y residencia al año, si bien mi marido no recibiría el resto de beneficios.
¿Es esto cierto, ó mi marido tendría que esperar todo un año hasta poder trabajar? Él, por ser alemán, ¿existe alguna ley ó/visa a la que se pueda acoger? Yo estoy recién graduada en medicina y mi novio se graduó con B.A. degree en Business & Marketing. Quizás esta última información pueda ser útil.
Muchísimas gracias de antemano.
Amanda Casabella (vía correo electrónico).
Gracias por su carta, apreciada Amanda, y la felicito por tres cosas: su pulido idioma español, su excelente sintaxis, y su novio alemán, ojalá el hombre del resto de sus días —algo que mil señoritas que lean estas líneas sueñan con adquirir. En resumen, calificación A+ (en la gradación que aquí se acostumbra). ¡Qué más quisiera yo que poder otorgarle el mismo rango en el resto de sus planteamientos inmigratorios a Estados Unidos, pero que, en conjunto, son tan equivocados que no les cabe sino una F (fallido), revise todo, y volvamos a empezar...!
Lo mejor que usted tiene para darle base a su inmigración legal a este país es su nacimiento cubano, pero no como cocinar espaguetis comenzando por poner al fuego... ¡la salsa de tomate! No es que ustedes dos no tengan bases sobre las cuales edificar su proyecto de residencia acá, pero nada que ver con pedir asilo (??!) para lo cual les falta toda justificación, ni hay necesidad alguna en su plan de inmigración, sino que con pasaporte español (ó alemán), ¿saben ustedes cuántos de sus paisanos han pedido (y recibido) asilo en Estados Unidos?! Respuesta: cero, null, keiner, ninguno.
La base de un asilo es demostrar persecución en el país del cual se huye, lo cual, obviamente, no es su caso. Todo lo demás que usted describe en su carta es descabellado. Entren por Miami (bastan sus pasaportes), les darán 90 días de admisión, y... vengan a verme. No tengo espacio hoy para más detalles. Los espero. ¡Olé y auf Wiedersehen!
Buenas tardes. Primero que nada le agradezco sus enormes aportaciones en El Nuevo Herald.
Soy mexicano, hijo de padre cubano. Entré a Estados Unidos con visa de turista y tengo mi transcripción de nacimiento cubana. (Me la dieron en el consulado de Monterrey.)
Quisiera saber qué me conviene más, si esperarme el año y un día aunque no pueda trabajar, ó si puedo calificar para el asilo ingresando nuevamente, ó si puedo solicitar un parole para entrar y ajustarme a la ley.
Le agradezco su asesoría. Saludos.
“Anónimo” (enviado por Outlook para Android).
Como es hijo de cubano, ¡lo será hasta la muerte! Puede haber nacido en cualquier lugar del mundo, ó haberse naturalizado en 14 países diferentes, ¡igual! Para entrar a Cuba, necesitará hacerlo con pasaporte cubano, si no, no le abrirán la puerta. Para lo de acá, al año y un día de su ingreso, habrá cumplido el requisito indispensable de un mínimo de 366 días en el país, lo cual lo hará elegible para recibir la residencia legal permanente al amparo de la Ley de Ajuste para cubanos. ¡Adiós dudas y...!Mucho éxito!
MANFRED ROSENOW es un
abogado y periodista de Miami
especializado en temas de inmigración.
Escríbale a El Nuevo Herald,
3511 NW 91 Avenue, Doral FL 33172 o al correo electrónico rosenowesq@aol.com
Comentarios