¿Tengo derecho a beneficios de mi ex esposo fallecido?
Estuve casada por 21 años con mi primer esposo, pero nos divorciamos y yo me he vuelto a casar. Como mi primer esposo ha fallecido, ¿tengo yo derecho a recibir beneficios del Seguro Social porque el matrimonio duró más de 10 años?
P.C., Hialeah
En la actualidad no tiene derecho a recibir ningún beneficio de Seguro Social como viuda divorciada, pues está casada con otra persona. Si su matrimonio con su actual esposo terminase por fallecimiento o divorcio, usted pudiera cobrar como viuda de su primer esposo, si la cantidad que le corresponde por él fuese mayor que otra cantidad a la que usted pueda ser elegible por su propio trabajo o quizá por su segundo esposo, si reúne los requisitos necesarios.
Yo creía que el número de Seguro Social es solamente para uso de agencias gubernamentales, el banco y mi empleador, pero cada vez son más los negocios que me piden mi número de Seguro Social, lo cual me preocupa, pues pueden luego usarlo para hacer fraude. ¿Tengo obligación de darlo o puedo negarme?
R.U., Miami
La ley no prohíbe el uso del número de Seguro Social por el sector privado y, por lo tanto, la Administración de Seguro Social no puede impedir que otras personas se lo pidan.
Pero el hecho de que usted lo dé no significa que tienen acceso a su cuenta ni a su expediente de Seguro Social, ya que es información privada, aunque como usted dice pueden usarlo fraudulentamente y hasta obtener deudas en su nombre.
Usted puede rehusarse a darlo, pero en ese caso es posible que le nieguen el servicio o producto que usted solicitaba de esa empresa o negocio. Para más información sobre como proteger su número de Seguro Social visite http://www.segurosocial.gov/espanol/10964.html.
MARIA DIAZ
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