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Hay buenas noticias para los inmigrantes en EEUU que no tienen nacionalidad. ¿Calificas?

Con los nuevos cambios más inmigrantes apátridas pueden lograr beneficios migratorios.
Con los nuevos cambios más inmigrantes apátridas pueden lograr beneficios migratorios. mortizbriones@vidaenelvalle.com

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), presentó una nueva guía que beneficia a todos los inmigrantes apátridas en el país, tanto a los que ya han presentado una solicitud a inmigración como a los que quieren obtener beneficios migratorios.

Esta es la primera vez que USCIS cuenta con una guía para los extranjeros sin nacionalidad, quienes no lo tienen nada fácil para acceder a derechos fundamentales, como la educación, la atención médica, el empleo y la libertad de circulación.

A partir del próximo 30 de octubre, fecha en la que entrará en vigor este nuevo manual, los individuos apátridas podrán superar mejor ciertas barreras como tener permitido ir a la escuela, recibir atención médica, conseguir un empleo y disfrutarán de más oportunidades laborales, abrir una cuenta bancaria, adquirir una propiedad y contraer matrimonio, entre otras situaciones que no tienen permitidas.

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USCIS define quienes son las personas apátridas o que no tienen nacionalidad.
USCIS define quienes son las personas apátridas o que no tienen nacionalidad. MATIAS J. OCNER mocner@miamiherald.com

Definición de persona apátrida

La primera aclaración de USCIS, que pretende ayudar mejor a esta población vulnerable, es definir a una persona apátrida como aquella que no es considerada nacional por ningún país en virtud de la aplicación de sus leyes.

Sin embargo, algunas personas no son reconocidas como ciudadanos de ningún país aún teniendo un reclamo de ciudadanía bajo las leyes de uno o más países.

Con esta nueva guía se aplica el artículo 15 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1945 al establecer que, “toda persona tiene el derecho a una nacionalidad” y no debe ser privado de manera arbitraria de su nacionalidad.

Con esta nueva guía, aclarada en el Manual de Políticas del Volumen 3, relacionado con la Protección y Parole Humanitario, Parte K dedicada a la apatridia, será más difícil que a los apátridas se les niegue la identidad legal.

“En todo el mundo, las personas apátridas viven con miedo e incertidumbre. DHS se compromete plenamente a abordar el problema mundial de la apatridia y a derribar las barreras a las que se enfrentan estas personas en Estados Unidos”, dijo el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas. “Con este paso histórico, los apátridas tendrán la oportunidad de solicitar las protecciones y beneficios de inmigración a las que son elegibles”.

Las principales causas por las que una persona nace o se convierte en apátrida son la discriminación, la guerra y sus conflictos, y los cambios de frontera y de leyes, entre otras.

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Nueva política para dar un parole a quienes carecen de nacionalidad

La nueva guía aclara cuándo y cómo USCIS puede considerar a un inmigrante no ciudadano como apátrida con el fin de adjudicar beneficios de inmigración humanitarios u otras solicitudes.

USCIS creará e implementará nuevos procesos para ayudar a los oficiales de USCIS durante la evaluación de la posible apatridia de una persona.

Se trata de un proceso interno para examinar la apatridia en general por parte de los funcionarios de inmigración, quienes conservan su discreción para determinar si un solicitante es considerado apátrida y cómo la apatridia puede ser relevante para la elegibilidad de la solicitud de inmigración.

USCIS aclara los beneficios o solicitudes de inmigración a los que las personas apátridas pueden acceder, como la acción diferida y el parole de admisión en su lugar vigentes.

La guía explica la evidencia que las personas apátridas pueden proporcionar para ayudar a USCIS a determinar si deben ser considerados apátrida para propósitos de inmigración.

Con esta nuevo proceso interno, Inmigración puede recopilar datos más completos sobre la cantidad de extranjeros apátridas que residen en EEUU, con el fin de saber cuáles son las barreras que tienen que enfrentar estos inmigrantes para obtener sus beneficios migratorios y poderlos ayudar.

Aclara las circunstancias bajo las cuales un funcionario adjudicador puede solicitar un informe sobre apatridia a través del proceso interno especializado. También, proporciona ejemplos para solicitar el informe.

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Explica cómo puede USCIS analizar la documentación disponible y otras pruebas con el fin de realizar informes, que puedan utilizar los funcionarios para adjudicar solicitudes de beneficios y de acción.

Describe ejemplos de documentación y otras pruebas que un no ciudadano puede proporcionar a USCIS para respaldar su reclamo de apatridia.

El DHS y USCIS colaboran con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), que estima que hay cerca de 218,000 personas apátridas que residen en EEUU.

Isabel Olmos
Miami Herald
Isabel Olmos es reportera de Servicio Público. En el Nuevo Herald ha escrito historias para Trasfondo, Locales, Revista Viernes y Galería 305, y ha cubierto temas fundamentales como salud, arte, cocina y viajes. Es guionista de documentales para televisión. Es Licenciada en Periodismo por el C.E.U. Universidad San Pablo de Valencia, España.
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