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¿Viniste con visa de trabajo a EEUU y perdiste tu empleo? Hay opciones si no quieres regresar

USCIS recomienda varias acciones para quienes llegaron a EEUU con visa de trabajo y quedaron desempleados.
USCIS recomienda varias acciones para quienes llegaron a EEUU con visa de trabajo y quedaron desempleados.

A veces las cosas no salen como uno espera, pero si entraste a Estados Unidos como trabajador extranjero y de pronto te quedaste sin empleo, tienes opciones que quizás debes conocer antes de abandonar el país dentro de los 60 días estipulados.

Así lo explica el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), refiriéndose específicamente a trabajadores no inmigrantes que son despedidos por una u otra causa o cuando termina su empleo, ya sea de forma voluntaria o involuntaria.

Si eres elegible, tienes chance de permanecer en un período de estadía autorizada en los Estados Unidos de las maneras que te mostramos más adelante.

Si eliges una de las posibilidades dentro del período de gracia de hasta 60 días, el plazo de estadía autorizada del no inmigrante puede exceder los dos meses, incluso si pierdes tu estatus de no inmigrante anterior.

Por el contrario, si el trabajador no opta por ninguna medida dentro del período de gracia, es posible que él y sus dependientes o familiares deban salir del territorio estadounidense dentro de los 60 días, o cuando finalice su período de validez autorizado, lo que sea más corto, advierte la agencia federal.

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En cuanto al estatus de no inmigrante, debes saber que para USCIS este se basa en un Formulario I-129 aprobado, Petición para un trabajador no inmigrante o, después de la admisión, un Formulario I-539 aprobado posteriormente, Solicitud para extender/cambiar el estatus de no inmigrante.

Un período de estadía autorizada generalmente incluye el período en el que una petición o solicitud presentada oportunamente que solicita una extensión de estadía o un cambio de estado está pendiente ante USCIS. El período de gracia máximo de 60 días brinda el tiempo para que un trabajador no inmigrante conserve su estatus de no inmigrante.

Como alternativa, el período de gracia de 60 también ofrece tiempo para que el trabajador solicite un cambio de estatus, lo cual le permite continuar en su búsqueda de empleo dentro de Estados Unidos, incluso si el período de gracia y el estatus actual de no inmigrante del trabajador expiran.

Si un empleador te despide cuando todavía permaneces dentro de dicho lapso, puedes ser elegible para otro período de gracia máximo de 60 días durante el tiempo de validez de la petición con un segundo empleador.

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Por otra parte, si su petición con ese empleador que lo despidió sigue siendo válida y lo vuelven a contratar para el mismo puesto, puede reanudar el trabajo sin ninguna otra acción. También ten en cuenta que el período de gracia finaliza al momento de cualquier salida de Estados Unidos, lo que lo obliga a buscar otro estatus migratorio que le permita el reingreso.

Si te quedaste sin empleo, ¿qué acciones puedes emprender?

Presentar una solicitud para un cambio de estatus de no inmigrante;

Presentar una solicitud de ajuste de estatus;

Presentar una solicitud para un documento de autorización de empleo por “circunstancias apremiantes”; o

Ser beneficiario de una petición no frívola para cambiar de empleador.

Un cambio regulatorio en 2016 permitió que hubiera un período de gracia para un trabajador no inmigrante despedido.

Las regulaciones comprenden trabajadores dentro de las clasificaciones E-1, E-2, E-3, H-1B, H-1B1, L-1, O-1 o TN (y sus dependientes), quienes tienen la elegibilidad para permanecer por hasta 60 días en Estados Unidos.

Maykel Gonzalez
el Nuevo Herald
Fue periodista independiente en Cuba, donde colaboró con diversos medios. También trabajó en la revista El Estornudo y CiberCuba. Actualmente es reportero de Acceso Miami para el Nuevo Herald.
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