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Embajada de EEUU en Cuba rompe el silencio tras suspender visas a cubanos: ¿Qué opciones quedan?

La Embajada de EEUU en La Habana, Cuba, publica aclaraciones tras suspensión de visas a cubanos por proclama de Trump.
La Embajada de EEUU en La Habana, Cuba, publica aclaraciones tras suspensión de visas a cubanos por proclama de Trump. Wikimedia Commons

La embajada de Estados Unidos en La Habana hizo una publicación aclaratoria en redes sociales el jueves, tras la suspensión de visas a cubanos mediante una proclama del presidente Donald Trump.

Tal decisión se produce en medio de un escenario crítico para los cubanos: Mientras la isla vive una crisis sin precedentes, el gobierno de Estados Unidos limita varias vías de inmigración que hasta el momento estaban disponibles e ilusionaban a muchos.

¿Qué dijo la embajada estadounidense tras la medida de Trump? ¿Qué opciones quedan para los cubanos en la sede consular de La Habana?

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Embajada de EEUU aclara límites de visas para cubanos

Como se informó con anterioridad, la medida de Trump afecta la entrada a EEUU de ciudadanos cubanos tanto inmigrantes como no inmigrantes con ciertas categorías de visados más conocidas: B-1, B-2, B-1/B-2, F, M y J.

“Los funcionarios consulares reducirán la validez de cualquier otro visado de no inmigrante expedido a ciudadanos cubanos en la medida en que esté permitido por la ley”, aclara la embajada.

Por otra parte, quedan excluidos de la medida los cubanos residentes permanentes legales o aquellos con doble nacionalidad que viajen con un pasaporte expedido por un país no designado en la proclama de Trump.

Dicha proclama incluye 12 países con prohibición de entrada: Afganistán, Myanmar, Chad, la República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.

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En el caso de Cuba y Venezuela, ambos figuran como restringidos junto a Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán.

Por otro lado, los cubanos con pasaporte español siguen con las limitaciones para disfrutar de la exención de visa de EEUU (Visa Waiver Program), que permite viajar con el permiso electrónico ESTA.

Las nuevas restricciones entran en vigor a partir del lunes 9 de junio, por lo que quienes obtuvieron alguna de las visas referidas antes de esa fecha no tendrían problemas para viajar a EEUU, si bien la decisión final del ingreso en aeropuertos corresponde a las autoridades migratorias.

¿Por qué EEUU suspendió visados a cubanos tras proclama de Trump?

Las preocupaciones sobre las visas estaban latentes desde la llegada de Trump a la Casa Blanca, después de una campaña que arremetía contra la inmigración y la firma de varias órdenes ejecutivas en materia migratoria.

Sin embargo, fue esta semana que el presidente lanzó una proclama sobre la emisión de visas a varios países, incluyendo Cuba, luego del ataque terrorista en Boulder, Colorado, perpetrado por un ciudadano egipcio que habría excedido el límite de estancia en el país tras la expiración de su visa.

La entrada con visas de turismo y negocio, al igual que el resto de las categorías, permitía a cubanos optar por la Ley de Ajuste Cubano al año de su ingreso, incluso después de que venciera su visado.

Sin embargo, la Administración Trump consideró a Cuba un Estado patrocinador del terrorismo y, en tal sentido, tomó una decisión sobre los ciudadanos de la isla.

“El Gobierno de Cuba no coopera ni comparte suficiente información policial con Estados Unidos. Cuba se ha negado históricamente a aceptar la repatriación de sus nacionales susceptibles de expulsión. Según el informe sobre estancias excesivas tras el vencimiento de visados, Cuba tenía una tasa de estancias excesivas tras vencimiento de visados B-1/B-2 del 7,69 por ciento y una tasa de estancias excesivas tras vencimiento de visados F, M y J del 18,75 por ciento”, indicó la embajada de EEUU.

Estas son las visas a cubanos afectadas por suspensión de EEUU

Visa B-1 (Visitantes de Negocios): Para personas que visitan EEUU temporalmente por motivos de negocios, entre ellos, asistir a reuniones empresariales o conferencias comerciales.

Visa B-2 (Visitante Turista): Para quienes visitan Estados Unidos temporalmente por turismo o motivos personales, incluyendo vacaciones o visitas a familiares o amigos, pero también quienes buscan tratamiento médico en Estados Unidos o desean participar en eventos sociales o competencias deportivas amateur.

Visa B-1/B-2 (Visa Combinada): Para personas que simultáneamente viajan por negocios y razones de turismo. Suele emitirse a quienes asisten a una conferencia y también desean aprovechar el viaje para pasear.

Visa F (Estudiante Académico): Contempla dos categorías. La F-1 para estudiantes académicos de tiempo completo en una escuela o universidad acreditada de EEUU. La F-2 para dependientes, como cónyuges e hijos, de estudiantes con visa F-1.

Visa M (Estudiante Vocacional): También incluye dos categorías. La M-1 para estudiantes que asisten a escuelas vocacionales o técnicas. La M-2 para los dependientes de estudiantes M-1.

Visa J (Visitante de Intercambio): Se otorga a participantes en programas de intercambio aprobados por el Departamento de Estado. Por lo cumún, aplica a estudiantes, investigadores, profesores, becarios y practicantes, entre otros.

Algunas de las opciones de visas no afectadas son las siguientes:

Visa P (Atletas y Artistas): Para atletas o miembros de grupos de entretenimiento de renombre internacional (P-1), a artistas o artistas en programas de intercambio recíproco (P-2) o programas culturalmente únicos (P-3).

Visa R (Trabajadores Religiosos): Para sacerdotes y otros trabajadores religiosos que realizan labor temporal con una organización religiosa sin fines de lucro con sede en EEUU.

Visas K (prometidos y cónyuges): se emiten a los prometidos de ciudadanos estadounidenses que vayan a casarse dentro de los 90 días posteriores al ingreso (K-1) y a cónyuges de ciudadanos estadounidenses en espera de aprobación de una petición de visa de inmigrante.

Visas IR (Para Familiares Inmediatos): Otorgadas a cónyuges de ciudadanos estadounidenses (IR-1), hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses (IR-2) y padres de ciudadanos estadounidenses (IR-5).

Esta historia fue publicada originalmente el 6 de junio de 2025 a las 1:19 p. m..

Maykel Gonzalez
el Nuevo Herald
Fue periodista independiente en Cuba, donde colaboró con diversos medios. También trabajó en la revista El Estornudo y CiberCuba. Actualmente es reportero de Acceso Miami para el Nuevo Herald.
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