Tribunal de EEUU bloquea uso de ley de guerra para deportar venezolanos a El Salvador
Un tribunal federal de Estados Unidos otorgó una medida cautelar preliminar que bloquea a la administración Trump de deportar a ciudadanos venezolanos bajo un antiguo estatuto de tiempos de guerra, lo que representa un revés significativo para los esfuerzos del presidente de remover rápidamente a migrantes con presuntos vínculos con una violenta banda criminal.
El caso, W.M.M. v. Trump, surgió después de que varios venezolanos detenidos en Texas impugnaran su expulsión en virtud de una proclamación presidencial de marzo de 2025 que invocaba la Ley de Extranjeros Enemigos (AEA, por sus siglas en inglés) de 1798, una norma aprobada originalmente durante la administración de John Adams, en el punto más álgido de las tensiones con Francia.
El presidente Trump argumentó que miembros del Tren de Aragua —una violenta agrupación criminal venezolana designada como una organización terrorista extranjera— está llevando a cabo una “invasión” o “incursión depredadora” en Estados Unidos y, por lo tanto, podían ser detenidos y deportados sin los procedimientos migratorios habituales.
Trump invocó la ley en marzo para deportar rápidamente a 238 migrantes venezolanos y 23 presuntos miembros de la MS-13 a la notoria cárcel de máxima seguridad CECOT en El Salvador. A finales de ese mes, otros 17 supuestos pandilleros habían sido deportados bajo la AEA, a pesar de una orden judicial federal que suspendía temporalmente las expulsiones.
Informes de prensa de abril de 2025 indicaron que la administración tenía planes de enviar a más migrantes con antecedentes penales a la misma prisión una vez superados todos los obstáculos legales.
Pero en una decisión de 2–1 emitida el martes por la noche, el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito, con sede en Nueva Orleans, rechazó el intento de Trump de usar la Ley de Extranjeros Enemigos para la deportación expedita de presuntos pandilleros.
El dividido panel de tres jueces concluyó que la presencia de la banda venezolana no constituía el tipo de invasión o “incursión depredadora” contemplada en el estatuto.
“El que un país aliente a sus residentes y ciudadanos a ingresar ilegalmente a este país no equivale en la actualidad a enviar una fuerza armada y organizada para ocupar, interrumpir o dañar de otro modo a Estados Unidos”, escribió el juez Leslie H. Southwick para la mayoría.
Al abordar la afirmación de la administración de que uno de los principales objetivos de la banda es sembrar caos social en Estados Unidos mediante el narcotráfico, la opinión señaló que, aunque devastadora, esa práctica no equivalía a invasión ni incursión bajo el estatuto de 1798.
El caso ahora regresa al Tribunal del Distrito Norte de Texas para procedimientos adicionales, con la medida cautelar en vigor a menos que sea revocada por la Corte Suprema. Observadores legales esperan que la administración busque la revisión del alto tribunal, lo que abriría otra confrontación sobre el alcance del poder ejecutivo en materia migratoria y de seguridad nacional.
La administración Trump sostiene que el régimen de Nicolás Maduro envió a miembros de la temida pandilla para generar caos dentro de Estados Unidos y que la organización criminal es un brazo armado del Cartel de los Soles, que, según el Departamento de Justicia, está encabezado por Maduro y su principal lugarteniente, el ministro del Interior Diosdado Cabello.
En un memorando presentado a principios de este año ante el juez federal en Texas que llevaba el caso, el FBI afirmó que el régimen venezolano está facilitando activamente la expansión del Tren de Aragua como parte de una campaña para desestabilizar a países vecinos y a Estados Unidos.
El memorando del FBI describió esta expansión como deliberada. “Algunos funcionarios del gobierno venezolano probablemente facilitan la migración de miembros del TDA … para avanzar en el objetivo del régimen de Maduro de socavar la seguridad pública en Estados Unidos”, señalaba el documento.
La evaluación, respaldada por múltiples fuentes, llevaba una calificación de “confianza media” debido a limitaciones en el acceso a las fuentes y en la corroboración.
Antes confinado a redes carcelarias en el estado venezolano de Aragua, el TDA se ha convertido en un extenso sindicato criminal multinacional. Ahora clasificado como una “megabanda”, el grupo opera en toda América Latina y, según las fuerzas del orden estadounidenses, ha establecido presencia en varias ciudades de Estados Unidos.
Los detenidos que buscan amparo de habeas corpus sostienen que no son combatientes enemigos y que la proclamación llevó a la AEA mucho más allá de su alcance previsto.
Después de que un tribunal de distrito les negara el recurso, su caso escaló rápidamente hasta la Corte Suprema, que bloqueó temporalmente las deportaciones y ordenó al Quinto Circuito determinar si se justificaba el recurso extraordinario de una medida cautelar preliminar.
En el fallo, Southwick enfatizó que, aunque los presidentes gozan de amplia discreción bajo la AEA, los tribunales conservan la autoridad de interpretar los términos clave del estatuto y decidir si los hechos encajan en ellos.
“La interpretación no puede ser solo un ejercicio académico”, escribió Southwick. “Un tribunal se esfuerza por definir un término como ‘invasión’, pero luego no puede evaluar los hechos que tiene ante sí para ver si encajan con la interpretación”.
En sus deliberaciones, el tribunal recurrió a la historia en busca de orientación y resaltó que la AEA solo se ha invocado en tres ocasiones anteriores —durante la Guerra de 1812, la Primera Guerra Mundial y la Segunda Guerra Mundial— y siempre en el contexto de guerras declaradas.
Los diccionarios y el uso constitucional de finales del siglo XVIII definían “invasión” como la entrada hostil de una fuerza militar extranjera e “incursión depredadora” como ataques a menor escala realizados por unidades armadas bajo autoridad gubernamental.
En contraste, la proclamación de Trump se basó principalmente en acusaciones de que el Tren de Aragua había infiltrado Estados Unidos mediante migración ilegal masiva, con objetivos vinculados al narcotráfico y a la guerra irregular. Aunque reconoció que estas actividades eran amenazas graves, el tribunal determinó que no alcanzaban el umbral establecido por la AEA.
El panel concluyó que los peticionarios probablemente tendrían éxito en el transfondo del caso, con el argumento de que sufrirían un daño irreparable si son deportados y que el equilibrio de intereses favorecía preservar su derecho a la revisión judicial.
Los jueces también aclararon que su fallo no impedía al gobierno usar otros estatutos de inmigración o seguridad nacional para remover a presuntos terroristas. “Nuestra medida cautelar se aplica únicamente al uso del estatuto federal relacionado con la guerra”, escribió el tribunal, “y no impide el uso de cualquier otra autoridad legal para la expulsión de terroristas extranjeros.”
Los jueces también abordaron un tema adicional relacionado con el debido proceso relacionado sobre si el gobierno había dado a los detenidos suficiente tiempo de notificación antes de emprender la deportación. Sobre esa cuestión, el panel determinó que “los procedimientos de notificación revisados satisfacen el debido proceso al menos con base en el expediente actual.”