Los retiros de IRAs no se consideran como ingresos
Estoy jubilado y el único ingreso que tengo es de una Cuenta de Retiro Individual (IRA). ¿Están considerados los retiros de cuentas de retiro individual (IRA) como “ingresos”? ¿Podrían estos pagos reducir mis beneficios mensuales de Seguro Social?
W.B., Miami Springs
No. Solo contamos los ingresos que recibe de un trabajo o su ganancia neta si trabaja por cuenta propia. Los ingresos por no trabajo, tales como anualidades, ingresos por inversiones, intereses, ganancias de capital y otros beneficios del gobierno, no se cuentan y no afectaran sus beneficios del Seguro Social. La mayoría de las pensiones no afectarán sus beneficios. Sin embargo, sus beneficios podrían verse afectados si usted no pagó impuestos de Seguro Social cuando trabajaba con una agencia de gobierno y recibe una pensión de esa agencia. Para informarse mejor visite nuestro sitio de Internet, www.segurosocial.gov o llámenos gratis al
1-800-772-213 (TTY 1-800-325-0778).
¿El Seguro Social provee servicios o información especial para las personas ciegas o con algún impedimento visual?
B.F., Hialeah
Sí. El Seguro Social ofrece una serie de servicios y beneficios diseñados específicamente para personas ciegas o con algún impedimento visual. Si es ciego o tiene algún impedimento visual, puede recibir nuestros avisos y otros materiales informativos del Seguro Social de una manera que sea más conveniente para usted. Para informarse mejor sobre este servicio, visite nuestra página de Internet, Opción de aviso especial para las personas ciegas o que tienen un impedimento visual en www.segurosocial.gov/espanol/personas/ciegos/. También puede comunicarse a nuestro número gratis, 1-800-772-1213 de lunes a viernes desde las 7 de la mañana hasta las 7 de la noche o llamar o visitar la oficina local del Seguro Social más cercana y solicitar que le lean el documento.
Muchas de nuestras publicaciones y documentos de información, están disponibles en Braille, cintas de audio, discos compactos, o en letras grandes. Nuestra publicación Cómo podemos ayudarle si es ciego o tiene problemas de visión, y otras publicaciones en formatos alternos que puede obtener llamando al número gratuito, 1-800-772-121 (TTY 1-800-325-0778). Para informarse mejor, visite nuestra página de Internet titulada, Cómo ordenar una publicación en cinta de audio (cassette), Disco (CD) o texto ampliado en www.segurosocial.gov/espanol/alternativos/.
Recibo Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, sus siglas en inglés) porque no puedo trabajar. Recientemente falleció mi madre y me dejó el dinero en su cuenta bancaria. ¿Afectará a mis beneficios de SSI este dinero adicional? ¿Cesarán mis pagos de SSI?
M.H., Miami
El dinero heredado es considerado como ingreso en el mes en que lo recibe y es posible que no tenga derecho a beneficios por ese mes, dependiendo de la cantidad de la herencia. Si todavía tiene el dinero el siguiente mes, entonces se considera como un recurso. Una persona soltera no puede tener más de $2,000 en recursos y aún tener derecho a SSI. Llame al Seguro Social al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778) e informe su herencia. El Seguro Social le dirá como su derecho a beneficios será afectado y lo que puede hacer para aún tener derecho a beneficios. Para informarse mejor, visite el sitio de Internet del Seguro Social en www.segurosocial.gov.
Dentro de tres meses voy a cumplir la edad de jubilación y quiero solicitar mis beneficios de Seguro Social. No me es fácil conseguir tiempo libre en mi trabajo y no me gustaría tener que pasar una mañana entera esperando mi turno en la oficina del Seguro Social. ¿Se puede llamar con anterioridad y solicitar un turno para no perder tiempo que a mí me es muy valioso?
J.G., N. Miami
A nadie le gusta perder su tiempo esperando a que le atiendan en una oficina, sobre todo cuando tiene otras cosas importantes que hacer. Por eso el Seguro Social le ofrece la oportunidad de hacer una cita de antemano llamando al teléfono 1-800-772-1213 cualquier día laboral de 7:00 am a 7:00 pm. Además de nuestro servicio telefónico puede visitar nuestro sitio de Internet es un recurso valioso para obtener información sobre todos los programas del Seguro Social, www.segurosocial.gov
Puede solicitar los beneficios de jubilación desde la comodidad de su casa a cualquier hora o desde su trabajo.
Yo no he trabajado fuera de la casa, pero mi esposo al hacer la declaración del Income Tax siempre me ha incluido como “housewife” y me dice que con eso tengo derecho a recibir Seguro Social y Medicare cuando tenga la edad para ello. Otras personas me dicen que con eso no tengo derecho a recibir nada. ¿Qué hay de cierto? Por favor, dígame si tendré o no derecho a recibir beneficios.
A.M., Westchester
Aun cuando usted no ha trabajado fuera de la casa y por tanto no ha contribuido al Seguro Social, sin embargo cuando usted tenga edad de jubilación si su esposo ya está recibiendo beneficios usted podrá recibir beneficios de Seguro Social como esposa de acuerdo con la cantidad que reciba su esposo y obtener también el Medicare. Usted podrá cobrar hasta un máximo de 50 por ciento de la cantidad básica de su esposo si cuando usted solicita los beneficios tiene ya la edad completa de jubilación, o beneficios reducidos a partir de los 62 años. Si su esposo fallece usted pondría recibir beneficios de viuda a partir de los 60 años o entre los 50 y 60 si usted se incapacita. También estará cubierta bajo el Medicare a los 65 años de edad. Visite www.segurosocial.gov para aprender más sobre los beneficios del Seguro Social.
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a María Díaz:
El Nuevo Herald,
3511 NW 91 avenue,
Doral, FL 33172
Esta historia fue publicada originalmente el 19 de octubre de 2014, 7:49 p. m. with the headline "Los retiros de IRAs no se consideran como ingresos."