Inmigración

¡Todo bien! No se complique la vida sin necesidad de hacerlo

Estimado señor Rosenow: Antes que nada, me gustaría agradecerle de antemano el tiempo y la atención a mi consulta.

Actualmente me encuentro viviendo en Miami bajo parole, a la espera de solicitar mi green card a finales del próximo abril. Mi duda es la siguiente. Estoy casado con una mujer española y, por lo que nos han comentado, hay dos maneras de conseguir que venga y solucione sus papeles aquí. Las dos maneras conllevan esperar a que yo tenga mi green card y, una vez terminado este proceso, yo podría reclamarla como mi esposa y a ella le darían los papeles para poder venir, ó ella podría venir, pasar aquí un año y un día, y pasado este tiempo, solicitar acogerse a la ley de ajuste como mi esposa.

Ahora bien, ¿qué de cierto hay en todo esto? ¿La información que yo tengo es real? ¿Cuál es el tiempo promedio de espera para estos casos? ¿Hay alguna otra manera?

En cualquier caso, ella tiene la opción de conseguir una visa de trabajo aquí por un año, y una vez pasado ese año, solicitar la Ley de Ajuste, pero una abogada amiga nos dijo que averiguáramos bien si estar aquí ese año con ese visado, no iba a suponer un problema a la hora de solicitar acogerse a la Ley de Ajuste. De hecho fue esta misma abogada quién me sugirió que buscara su contacto en las columnas de El Nuevo Herald. Mi pregunta es, ¿en caso de que la segunda forma fuera correcta (que ella viniera y pasara aquí un año y un día), habría algún impedimento si ella pasa ese año con una visa de trabajo?

Sé que puedo parecer ingenuo con la exposición, pero quiero estar muy seguro de los pasos correctos que debo dar en este proceso. Sería estupendo ponerme en contacto personalmente con usted, ó con algún abogado ó despacho de abogados de su confianza especializados en inmigración que me guiaran. De nuevo, muchas gracias por su tiempo y su atención.

Atentamente, Carlos Leal (vía correo electrónico).

Cuando usted va a una tienda de zapatos para comprar remplazo de los muy usados que lleva puestos, lo primero que hará el vendedor que lo atienda será mirar hacia sus pies y preguntarle rutinariamente, “¿Usted qué número calza?” De igual manera, cuando un chofer de camión va llegando frente a un puente de sobrevía, lo inicial en su mente será mirar hacia un letrero que le indique la altura del espacio que le queda para pasar. De tratar de hacerlo sin determinar primero esa altura, el golpetazo que su vehículo dará contra la carretera de más arriba se oirá... ¡hasta en Capernaúm! – y usted nunca más conducirá por esa ó ninguna otra carretera, sino que su próximo encuentro será con los angelitos del cielo, si es que siempre se ha portado bien... ¿Por qué este introito inquisitivo y comparativo? Porque la prolija exposición suya omite un dato fundamental: ¿Cuál es la nacionalidad de usted?! Afortunadamente para su persona, (1) tengo capacidades deductivas bastante afiladas, y (2) aunque usted olvidó decirlo en parte alguna, el 90 por ciento de quienes me escriben son, como sé que lo es usted, cubanos. (La alusión a su parole y el año que declara estar esperando para ajustar a residente, son características inconfundibles de la ¡Ley de Ajuste... Cubano!, de la cual usted es, en inglés, principal... Fundamental es ese dato porque su esposa (una derivada), por española que sea, también tiene la puerta abierta para “al año y un día”, igual que usted, ajustar a lo mismo. Ese privilegio le nace “al año y un día” de su llegada legal a este país, para hacerlo, conjunta ó separadamente, con su esposo cubano. Entretanto, tras los 90 días de su admisión (¡ improrrogable!) como española sin visa, ya que ni para ingresar la necesitó. (Lo otro –lo de visa de trabajo, que usted menciona, dejémoslo quieto (otra vez por falta de datos), a menos que ella necesite trabajar desde su llegada para aumentar los ingresos de la pareja – una segunda violación técnica desde el primer día que lo haga.)Teóricamente, ella será deportable (sin juicio, siquiera) desde el día 91 de su arribo, pero en mi práctica – bastante extensa, créame—nunca he visto deportar a la esposa de un cubano, a menos que se trate de una Mata Hari, ó de una Aileen Wournos asesina múltiple, aunque a esta última le tocó la silla caliente (!), en vez, de un cómodo exilio...

Venga a verme si quiere más detalles. Entre tanto, parejita, ¡Teresa y yo les deseamos lo mejor!

MANFRED ROSENOW es un abogado y periodista de Miami especializado en temas de inmigración.

Escríbale a El Nuevo Herald, 3511 NW 91 Avenue, Doral FL 33172 o al correo electrónico rosenowesq@aol.com

Esta historia fue publicada originalmente el 19 de enero de 2016, 7:21 p. m. with the headline "¡Todo bien! No se complique la vida sin necesidad de hacerlo."

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