Inmigración

Usted está casi naturalmente naturalizada

Señor Rosenow, soy asidua lectora de su columna. Vine de Colombia el 1ro. de junio del 2011 portando una visa de residente (green card). Ya han pasado los 5 años previstos en la ley de manera que, según entiendo, ahora puedo solicitar mi ciudadanía.

No he tenido ningún problema con la ley, y pago puntualmente mis impuestos. Con frecuencia viajo a Bogotá para un tratamiento médico, sin haber estado más de 6 meses por fuera de Estados Unidos cada año. Quiero hacerle sobre el particular unas preguntas.

[1]¿Cuándo puedo presentar formalmente la solicitud de ciudadanía? [2]¿Mis ausencias del país se cuentan por cada año, o se acumulan durante los 5 años? [3]¿Cada año se cuenta del 1ro. de enero al 31 de diciembre, o del 1ro. de junio al 30 de mayo? [4]Por favor, ¿cuáles son las pautas esenciales para hacer la solicitud, costos, formularios, etc.? [5]¿Podría darme algunas sugerencias para el buen suceso de este trámite?

Se suscribe de usted su paisana del país de las mariposas amarillas. Le ruego no divulgar mi nombre y mantener mi anonimato.

“N.N.”

Lo bien escrita de su amable carta, las “mariposas amarillas” (Aracataca, departamento del Magdalena), la cultura y el ingenio de sus locuciones, lo protuberante de sus alusiones al aclamado “Gabo”, Gabriel García Márquez – todo ello se antepone a las preguntas que usted graciosamente me plantea. ¡Gracias por escribirme, ilustrada paisana colombiana de las mismas comarcas donde transcurrió mi propia juventud, ya casi olvidada a mis quatre-vingts [¡cuatro veces veinte!] laaaargos años de existencia...

Vayamos “punto por punto”, como diría el mexicano-estadounidense Jorge Ramos, mi dilecto colega periodista.

[1] Usted puede presentar su solicitud tres meses [90 días] antes de cumplir los 5 años de residencia legal permanente en Estados Unidos. Nota: si usted fuera casada (y conviviendo) con un ciudadano estadounidense, los 5 años se reducirían a tres, con el mismo anticipo. Otra nota (!) Usted está muy bien desde el punto de vista epistolar, pero corrija sus fechas: Vine de Colombia el 1ro. de junio del 2011 portando una visa de residente... Ya han pasado [sic] los 5 años... ¿Pasado? Todavía estamos en mayo. “No me cuadra la lista con el billete...”

[2] Sus ausencias de Estados Unidos interrumpen el decurso del tiempo de residencia necesario antes de la presentación de la solicitud. Ausencias de mas de 6 meses interrumpen la cuenta y obligan a volver a contar 4 años desde la fecha de regreso. Los años no se cuentan desde enero o desde junio, como usted pregunta, sino desde la fecha de su primer ingreso como residente permanente. (En mi caso personal, haha me gustaría que se contaran entre 15s de septiembres, cada una de estas fechas, las de mi celebérrimo cumpleaños...).

[3] Respuesta: Como le acabo de explicar, los años no se detienen en fechas determinadas. El tiempo va corriendo ininterrumpidamente desde hace 13.8 millones de millones de años. (Los dinosaurios poblaban la Tierra hace 65 millones de estos, como quien dice, desde ayer...confiemos que usted se hará ciudadana de este gran país bastante antes que eso.)

[4] El formulario es el N-400 (solicitud de naturalización), y cuesta $585. Ojo: esta tarifa esta a punto de ser incrementada. Exige además una toma de huellas digitales, que cuesta $85, un total de $680. En cuanto a impedimentos o problemas que podrían acabar con su elegibilidad para naturalizarse, son los delitos criminales de cualquier clase, ya sea delitos (crimes) que en algunos casos se pueden reparar y en otros son obstáculos definitivos que impiden esta deseosa aspiración.

Es tarea de un buen abogado de inmigración investigar a fondo y determinar con exactitud cuáles de estos son curables o cuales de los mismos son obstáculos insalvables. Consejo: no se lance por si sola a la naturalización si tiene dudas a ese respecto. Su carta es diáfana y no hace presumir que usted encuentre este tipo de dificultades. Muchas veces no tienen que ser delitos los impedimentos, sino problemas con obligaciones impuestas y violadas en situaciones de divorcios, manutención de niños, y cosas de este genero.

[5] Usted esta muy anglizada. Se lo digo por su expresión de “buen suceso”. Suceso en español es sinónimo de “hecho” o “acción”, sin calificación de valor. Success, en ingles, exige una incidencia positiva, un logro, un éxito. Desde esa perspectiva natural, ya usted esta más que naturalizada...Congratutations!

MANFRED ROSENOW es un abogado y periodista especializado en temas de inmigración. Su columna se publica los sábados y domingos. Envíe sus preguntas a su nombre a El Nuevo Herald, 3511 NW 91 Avenue, Doral FL 33172, o directamente por correo electrónico a rosenowesq@aol.com

Esta historia fue publicada originalmente el 21 de mayo de 2016, 5:25 p. m. with the headline "Usted está casi naturalmente naturalizada."

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