Está complicado, aunque un excelente abogado podría tratar
Buenos días, amigo. Estuve leyendo un caso que salió de inmigración por el periódico el Nuevo Herald y me gustaría me ayudara en el mío, que es el siguiente.
Tuve una hija que nació en Miami en el hospital Jackson Memorial, en el año 1994, la cual ya está por cumplir sus 22 años de edad, pero la mamá y yo no estamos juntos y, por motivos ajenos a mi voluntad y temor en ese momento de una deportación, en el mismo hospital nos dijeron que no le colocara el apellido del padre, en ese caso, el mío. Al pasar el tiempo, la relación con la mamá no fue para nada buena y, por ese motivo mi hija nunca tuvo mi apellido.
Me gustaría me orientara qué pasos o trámites debo realizar para obtener la residencia americana, ya que mi hija, en este momento, se encuentra viviendo en ese país, y yo aquí en Venezuela. Ella quiere que yo obtenga ese beneficio. En este momento, yo ya me encuentro felizmente casado, y con un nuevo hijo de 4 años y medio.
Gracias, y a la espera de una pronta respuesta.
H.J.
Gracias le doy yo, apreciado lector cuyo nombre suena como la sigla de una estación de radio en Colombia, donde todas las emisoras radiodifusoras están identificadas por las letras HK-, incluidas las de aficionados (en inglés, radio hams), como lo fui yo mismo (HK1JF) en años pretéricos de grata recordación. Solían mis entonces dos primeros hijitos —Kenneth y Martin— a la sazón niños menores de una década, acompañarme hasta altas horas de la madrugada, haciendo contactos DX (a considerable distancia) con homólogos radioaficionados de todo el mundo. Particularmente, recuerdo una noche de contacto radiotelegráfico, yo en Bogotá, con una estación VX3– (¡Nueva Zelandia!, increíble...) que nos hizo temblar a todos de la emoción. Hoy día esos hijos míos ya andan en sus sesentas — ¡por favor!, no empiece usted a sacar cuentas, que yo, obstinadamente, sigo declarándome joven, a todos los efectos...
Pero bajémonos del éter, ese supuesto conductor invisible de las ondas de luz y de radio, elemento el cual se suponía indispensable porque, “en el vacío, ¿qué se podría trasmitir?!”
(Hoy día ya ni escuchar a Saturno y sus rondas, u oír los lejanísimos sonidos de Plutón – el más distante de los planetas de nuestro Sol — nos sorprende...)
Mucha astronomía, sí, pero acerca de Don H.J., ¿qué?!! (Pareciera que, como lo predicaban los nadaístas en Medellín (Colombia, en los 1950s), “¡hay que marchar hacia atrás..!” En el caso que nos ocupa, hay que comenzar por un análisis especial de la sangre de la hija y de la de usted, el presunto papá de ella. (En Sábado Gigante, el ahora desaparecido programa de TV de “Don Francisco”, mostraba esos análisis de ADN a cada rato.)
Si ese resultado sale favorable a sus intereses, habrá que iniciar el difícil trámite de rectificación de la partida de nacimiento de la niña. Usted deja en el incógnito su nacionalidad y su estado civil en el momento del nacimiento de su hija, es decir si usted estaba casado con la madre con quien tuvo una relación “para nada buena”. Su correo es además silencioso respecto a la relación que usted ha mantenido con su hija durante sus 22 años de edad.
Las leyes de inmigración definen quien es un niño para efectos de recibir o dar beneficios inmigratorios. Entre otros, el hijo nacido dentro de un matrimonio, o legitimado antes de que el menor cumpla los 18 años de edad, el hijo legitimado por operación de la ley del lugar de su domicilio como en Honduras, Cuba, Colombia, Nicaragua, etc.
Si su hija no está legitimada legalmente, junto con la petición I-130 se debe presentar evidencia de que usted estableció una relación paterno-filial con ella antes que cumpliera 21 años de edad o antes que ella se casara. Dicha evidencia se refiere a la participación emocional y financiera en la vida de su hija.
¿Fácil? ¿“Maíz pilado”?! Pienso que no. Pero en nada habrá contribuido esta columna a resolver su difícil problema si le contesto negativamente.
¿Quiere un proceso más barato?! Si su niño nació en Estados Unidos, espere 17 años a que él cumpla sus 21, ¡y sea él quien lo pida!
Ojalá la felicidad de su nuevo matrimonio le dure hasta allá, antes de que la Tercera Guerra Mundial no nos haga a todos cenizas... Por lo demás contrate un buen abogado de inmigración que le maneje su caso.
MANFRED ROSENOW es un abogado y periodista especializado en temas de inmigración. Su columna se publica los sábados y domingos. Envíe sus preguntas a su nombre a El Nuevo Herald, 3511 NW 91 Avenue, Doral FL 33172, o directamente por correo electrónico a rosenowesq@aol.com
Esta historia fue publicada originalmente el 29 de mayo de 2016, 8:00 a. m. with the headline "Está complicado, aunque un excelente abogado podría tratar."