Inmigración

El pago fiel de la manutención de niños es deber ineludible

Saludos, estimado doctor Rosenow, buenos días. Soy cubana residente en Estados Unidos desde hace casi 10 años. Desde el año 2012 pagaba child support [manutención de niños], ya que al separarme del padre de mi hija, ella decidió quedarse con él.

En abril del 2015 asistí a mi cita para el examen de ciudadanía [es decir, de naturalización], pero ésta me fue denegada, ya que al presentar los documentos de pagos del child support, aparecía reflejada una deuda que se estaba pagando a través de un acuerdo, pero el oficial de Inmigración no lo tomó en cuenta, y ni siquiera me permitió explicarle: dijo que yo “no cumplía los requisitos morales para ser ciudadana de este país”. Me negó también el derecho a un segundo examen, y la posibilidad de presentar pruebas que mostraran cual era la relación con la niña, ni mi participación y aporte en todas sus cosas. Ahora mi hija acaba de cumplir los 18 años y fue cancelado el pago del child support, además de haber pagado la deuda completamente, por lo que tengo una carta con cuño emitida por esta oficina.

Sinceramente, deseaba haber esperado un poco más de tiempo para presentar la ciudadanía, pero mi hija entró a los Marines y desea estudiar una carrera, la cual requiere que ambos padres sean ciudadanos [¡ojo: Nota!]. Es por esta razón que me urge presentar nuevamente el trámite, sólo que no sé si con los antecedentes ya mencionados pueda Inmigración negarme la posibilidad de hacer el examen o podría hacer problemas a la hora del mismo.

Por favor, le agradecería mucho su opinión al respecto. Anhelo ayudar a mi hija en su propósito, pero tengo dudas.

Muchas gracias por su labor.

“Anónima”

No sólo es interesante la dificultad que usted tan apropiadamente describe, sino que ella toca un punto muy importante, y del cual generalmente poco se habla. ¿Por qué? Porque son escasas las veces que, en el mundo real en que vivimos, surge ese monstruo. ¿En qué consiste? En que la Ley de Inmigración y Naturalización (INA) hace un énfasis especial en la protección de niños, una filosofía que brota del calvinismo de nuestros Padres Fundadores, que hasta quemaban brujas a diestra y siniestra cuando pudieran.

Las obligaciones financieras que acompañan siempre a los divorcios son madera fácil para esas hogueras. En su caso particular, como usted lo describe, quien sabe si algún problema especifico en casa atizó esa mañana la sensibilidad del funcionario – todos somos seres sensibles, no máquinas de sentir o pensar. Su problema es que usted estaba convencida de que todo en su vida era tan diáfano como el agua, donde un abogado inteligente –que usted consideró innecesario – se habría encargado de evaluar su elegibilidad para la deseada naturalización.

No pagar el child support decretado o no, es peor que comer aguacate en ayunas... Había que eludir esa (falsa) piedra de tropiezo, la que usted ni se soñaba que estaba en su camino. No es que la ley esté incompleta al desconocer factores de explicación. En términos generales, ése es el capítulo de las “circunstancias atenuantes” (así, concretamente, las denomina la ley), pero hacer caso omiso de ellas — y ésa era mi Nota (arriba), demasiado extensa para analizarla en el espacio limitado de esta columna.

Ahora es más difícil subsanar ese entuerto, difícil, pero no imposible. Le sugiero buscarse un buen abogado de inmigración, que luche por usted contra el dragón burocrático que la quiere devorar. Última observación. No es que para servir en los Marines, “ambos padres” tengan que ser ciudadanos. Quien tiene que ser ciudadano (o, al menos, residente legal permanente, green card) es el aspirante – la hija. Las vueltas y revueltas que usted relata en su carta, respecto de su naturalización deberán clarificarse antes de iniciar un segundo intento en búsqueda de su ciudadanía.

No se desespere. Nadie ha cometido un crimen en la historia que usted explica. Sólo que usted, sin correcta ayuda profesional, es dudoso que pueda partirle la cáscara a esa nuez. ¡Adelante!

MANFRED ROSENOW es un abogado y periodista especializado en temas de inmigración. Su columna se publica los sábados y domingos. Envíe sus preguntas a su nombre a El Nuevo Herald, 3511 NW 91 Avenue, Doral FL 33172, o directamente por correo electrónico a rosenowesq@aol.com

Esta historia fue publicada originalmente el 1 de julio de 2016, 4:08 p. m. with the headline "El pago fiel de la manutención de niños es deber ineludible."

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