La elección de jueces y la farsa judicial bajo el comunismo
Quiero agradecerle al destacado periodista Ramón A. Mestre la motivación para esta columna con vistas a su artículo La farsa de las elecciones judiciales (publicado en este diario el 6 de septiembre), pues expuso un tema de singular importancia en el marco del proceso electoral que tiene lugar en esta nación.
Es cierto, como sostiene el referido articulista, que un juez no es un político cualquiera, puesto que una de las funciones más trascendentes del engranaje gubernamental, son los que forman parte del poder judicial, una de las ramas que integra la clásica división de poderes postulada por Montesquieu, condición sine qua non puede hablarse de democracia.
Los que hemos vivido parte de nuestra vida en un régimen totalitario, como el que sufre Cuba, sabemos como se desenvuelve la función judicial cuando no está regida por dicha división de poderes, ya que el aparato judicial se convierte en un instrumento de la nomenclatura dirigente, que lo hace bajo los auspicios del Partido Comunista, que es la vanguardia organizada de la nación cubana, como fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, según establece la Constitución socialista.
En la Cuba republicana la elección de los jueces y magistrados se regía por las normas contempladas en la Constitución de 1940, según la cual los magistrados del Tribunal Supremo eran nombrados por el Presidente de la República de una terna propuesta por un colegio electoral de nueve miembros. Los demás jueces y magistrados de los juzgados y de las Audiencias debían someterse a un examen para demostrar sus conocimientos y experiencias, de acuerdo a las prescripciones de la Carrera Judicial establecida en la prementada Carta Magna.
El régimen comunista cubano suprimió el orden judicial como venía funcionando que fue sustituido por la Constitución socialista de 1976, en la cual se establece que corresponde a la Asamblea Nacional del Poder Popular, elegir al Presidente, a los Vicepresidentes y a los demás jueces del Tribunal Supremo Popular (Artículo 75, inciso m), siendo los demás jueces de inferior categoría judicial nombrados por la ley que rige la actividad judicial, conforme a lo expuesto en el articulo 120 del texto constitucional aludido. Como se conoce, la Asamblea Nacional del Poder Popular es un órgano unicameral y sus miembros pertenecen al Partido Comunista, cuyos lineamientos son bien conocidos, porque reflejan que no aceptan la separación de poderes, y en ella se realiza la unidad de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Consecuentemente, al lado de los jueces profesionales toman asiento los llamados jueces legos, una novedad desconocida en los anales judiciales cubanos.
Volviendo sobre la elección de jueces en este gran país, si bien es cierto que no se ajusta a lo que pudiéramos entender la carrera judicial para que participen en un examen y justifiquen los debidos conocimientos para sus funciones, cabe destacar que su elección por la vía electoral constituye un mecanismo democrático y el votante tiene la oportunidad de participar en esa elección, lo que contrasta con el sistema cubano vigente, en que los jueces se designan por la voluntad política del régimen a través –como se ha expresado– de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Mis colegas que forman parte del exilio recordarán la referencia expuesta en cuanto al poder judicial precastrista, así como a los prestigiosos jueces y magistrados, muchos de ellos, autores de excelentes obras de Derecho en sus diferentes materias, acompañadas con un comportamiento ético y profesional que prestigia la Historia patria.
Abogado cubano. Reside en Miami.
Esta historia fue publicada originalmente el 7 de septiembre de 2016, 0:28 p. m. with the headline "La elección de jueces y la farsa judicial bajo el comunismo."