Cuba

“Turismo prohibido”: Jueza de Miami asesta un duro golpe a cruceros que viajaron a Cuba

Cuatro importantes líneas de cruceros con vínculos en el sur de Florida (Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises) participaron en “actividades turísticas prohibidas” y “de tráfico”
Cuatro importantes líneas de cruceros con vínculos en el sur de Florida (Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises) participaron en “actividades turísticas prohibidas” y “de tráfico” AP

En un fallo significativo el lunes en la noche, una jueza federal de Miami dijo que cuatro importantes líneas de cruceros con vínculos en el sur de Florida (Carnival, Norwegian, Royal Caribbean y MSC Cruises) participaron en “actividades turísticas prohibidas” y “de tráfico” al transportar pasajeros a Cuba y beneficiarse del uso de las instalaciones portuarias de La Habana confiscadas por el gobierno de Fidel Castro, la primera decisión de este tipo que podría afectar a demandas similares.

“Al utilizar la Terminal y uno de sus muelles de diversas maneras, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian cometieron actos de tráfico”, concluyó la jueza federal Beth Bloom.

Según registros judiciales revisados anteriormente por el Herald, las empresas obtuvieron al menos $1,100 millones en ingresos y pagaron $138 millones a entidades gubernamentales cubanas.

Los cruceros de las compañías a Cuba “constituían actividades turísticas” y no actividades adecuadas para promover los contactos entre los pueblos, y pagaron “millones de dólares al gobierno cubano para realizar viajes inadmisibles”, escribió la jueza en el documento de 168 páginas.

La jueza se puso del lado de Havana Docks, una empresa que tenía una concesión para operar el puerto de La Habana. La empresa presentó demandas contra las cuatro líneas de cruceros por el uso que hicieron del puerto de La Habana entre 2015 y 2019, cuando se autorizó el viaje de cruceros a Cuba. En 1960, Castro ordenó la nacionalización de las instalaciones portuarias y nunca pagó a sus dueños. La Ley Helms-Burton, firmada en 1996 también conocida como Ley Libertad, permite a los propietarios agraviados demandar a las empresas que luego realizaron actividades comerciales o se beneficiaron de alguna manera de las propiedades confiscadas.

“La corte proporcionó un análisis cuidadoso y meticuloso de la evidencia y la ley”, dijeron los abogados de Havana Docks, Bob Martínez y Stephanie Casey, socios del bufete de abogados Colson Hicks Eidson en Coral Gables. “Havana Docks está satisfecho con el fallo y espera un juicio por daños y perjuicios”.

El caso ahora irá a un juicio con jurado ya programado para mayo que decidirá los daños que deben pagar las líneas de cruceros porque la Ley Libertad incluye varias fórmulas para calcular el dinero adeudado a los propietarios.

Según los registros judiciales, el presidente de Carnival y propietario del Miami Heat, Micky Arison, le dijo al presidente Donald Trump — quien permitió por primera vez que las demandas por bienes confiscados en Cuba llegaran a los tribunales — que la medida podría exponer a su empresa a multas de más de $600 millones.

“Con el fallo de la jueza Bloom, las cuatro líneas de cruceros se acercan a una opción binaria: aceptar un juicio con jurado o negociar un acuerdo”, dijo John Kavulich, presidente del U.S.-Cuba Trade and Economic Council que ha estado monitoreando estas demandas. “Como los demandantes parecen estar buscando una compensación basada en lo que permite la Ley Libertad, las cuatro líneas de cruceros determinarán si una decisión de un jurado sería más costosa que usar las fórmulas de la Ley Libertad para calcular lo que se les debe a los demandantes. Clave para recordar: El jurado estará compuesto por residentes del área de Miami, Florida, y ciertamente incluirá personas de ascendencia cubana”.

La autorización del gobierno estadounidense para “brindar servicios de transporte por barcos” para permitir cruceros a Cuba durante el breve deshielo promovido por la administración Obama estuvo limitada por una compleja red de regulaciones y leyes que hacen cumplir el embargo de EEUU contra Cuba y que las compañías de cruceros no siguieron, dice la sentencia de la jueza.

En particular, las compañías de cruceros solo tenían autorización para transportar a los estadounidenses que viajaban bajo 12 categorías legales. En todo momento, las actividades turísticas estuvieron prohibidas por ley y por las Regulaciones de Control de Activos Cubanos administradas por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos.

En cambio, las cuatro empresas contrataron agencias gubernamentales cubanas para brindar “servicios turísticos”, incluidas excursiones a playas, clubes nocturnos y recorridos turísticos que, según la jueza, eran actividades turísticas “clásicas”. Las empresas argumentaron que sus recorridos eran “educativos” y promovían intercambios entre personas (“people-to-people”). Carnival, por ejemplo, dijo que los recorridos nocturnos a clubes como el famoso cabaret Tropicana en La Habana no cumplían con las regulaciones del Tesoro, pero eso no importaba porque otras excursiones durante el día sí lo hacían.

Las líneas de cruceros también sostuvieron que todas sus actividades eran legales porque realizaban negocios bajo autorizaciones del gobierno estadounidense llamadas licencias. Ese fue un argumento clave de su defensa, porque la Ley Helms-Burton incluye una excepción de responsabilidad si el uso de la propiedad confiscada está relacionado con un “viaje legal”.

Pero la jueza Bloom desestimó todos esos argumentos y concluyó que las líneas de cruceros interpretaron las regulaciones que promueven los intercambios “persona a persona” de un modo “inadmisiblemente amplio” y que no realizaron “viajes legales” a Cuba durante esos años.

“El hecho de que [el Departamento del Tesoro] promulgó licencias para viajar a Cuba, y los funcionarios del Poder Ejecutivo, incluido el presidente, alentaron a los Demandados a hacerlo, no los exime automáticamente de responsabilidad si se involucraron en un turismo prohibido por ley”, escribió.

En el caso de Carnival, incluso si las excursiones diurnas cumplieron con las normas del Tesoro, ni las leyes ni los reglamentos “respaldan la proposición de que un pasajero puede pasar la noche en el club nocturno cubano simplemente porque pasó el día involucrado en actividades” que cumplen con la categoría de viajes de contactos “persona a persona”, escribió la jueza.

No está claro si el fallo que concluye que las cuatro empresas infringieron la ley y las normas de viaje desencadenará una investigación por parte del Departamento del Tesoro. Una portavoz del Tesoro dijo que la agencia no puede comentar sobre ninguna “investigación potencial o posible”.

Un portavoz de Norwegian Cruise Holdings dijo que la compañía no comenta sobre litigios pendientes. Las otras tres compañías de cruceros no respondieron de inmediato a correos electrónico en busca de comentarios.

Esta es una historia en desarrollo. Se actualizará.

Esta historia fue publicada originalmente el 22 de marzo de 2022, 9:29 a. m..

Nora Gámez Torres
el Nuevo Herald
Nora Gámez Torres is the Cuba/U.S.-Latin American policy reporter for el Nuevo Herald and the Miami Herald. She studied journalism and media and communications in Havana and London. She holds a Ph.D. in sociology from City, University of London. Her work has won awards by the Florida Society of News Editors and the Society for Professional Journalists. For her “fair, accurate and groundbreaking journalism,” she was awarded the Maria Moors Cabot Prize in 2025 — the most prestigious award for coverage of the Americas.//Nora Gámez Torres estudió periodismo y comunicación en La Habana y Londres. Tiene un doctorado en sociología y desde el 2014 cubre temas cubanos para el Nuevo Herald y el Miami Herald. También reporta sobre la política de Estados Unidos hacia América Latina. Su trabajo ha sido reconocido con premios de Florida Society of News Editors y Society for Profesional Journalists. Por su “periodismo justo, certero e innovador”, fue galardonada con el Premio Maria Moors Cabot en 2025 —el premio más prestigioso a la cobertura de las Américas.
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