Lea el fallo en contra de los cruceros que violaron prohibición sobre el turismo a Cuba
Una jueza federal de Miami dijo que los cruceros a Cuba violaron la prohibición de hacer turismo y “traficaron” con bienes confiscados al transportar pasajeros y atracar en el puerto de La Habana en un fallo publicado el lunes.
Las instalaciones portuarias habían sido confiscadas después de la llegada al poder de Fidel Castro, y Havana Docks, una empresa estadounidense que tenía una concesión para desarrollar y explotar algunos de los muelles del puerto, nunca fue compensada.
La jueza Beth Bloom desmanteló metódicamente varios argumentos de la defensa presentados ante el tribunal por los abogados de Carnival, Norwegian, MSC Cruises y Royal Caribbean, en un fallo que podría sentar un precedente para casos similares.
Estos son algunos de sus principales argumentos en el documento de 168 páginas.
Sobre el turismo y los “viajes legales”
- “Los cruceros de las cuatro compañías a Cuba “constituían actividades turísticas y no actividades apropiadas [bajo la categoría de contactos] ‘persona a persona’, pagando millones de dólares al gobierno cubano para participar en viajes no permitidos”. Sobre la base de “los hechos indiscutibles”, escribió la jueza, las líneas de cruceros “no viajaron legalmente a Cuba en virtud de la Ley LIBERTAD”.
- El hecho de que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de EEUU “promulgó licencias para viajar a Cuba, y los funcionarios del Poder Ejecutivo, incluido el Presidente, alentaron a los Demandados a hacerlo, no los exime automáticamente de responsabilidad si se dedicaron al turismo legalmente prohibido”.
- “De acuerdo con la estricta prohibición legal del turismo en Cuba, las regulaciones de la OFAC tenían como objetivo garantizar que las personas no viajaran a Cuba bajo la apariencia de intercambios entre los pueblos, cuando en realidad, tales viajes eran turismo disfrazado”.
Sobre el tráfico con bienes confiscados
- “Al utilizar la Terminal y uno de sus muelles de diversas maneras, Carnival, MSC SA, Royal Caribbean y Norwegian cometieron actos de tráfico”.
- “El uso de la Terminal por parte de los Demandados y los contratos comerciales con entidades cubanas constituyeron ‘una actividad comercial” en virtud de la Ley Libertad firmada en 1996’”.
Sobre las excursiones organizadas por las agencias cubanas Havanatur y Cubanacan y vendidas por las compañías de cruceros a sus pasajeros
- “La evidencia del expediente establece que las actividades de los Demandados estaban fuera de los dictados de la regulación de los intercambios ‘persona a persona’ y, por lo tanto, interpretaron [estas regulaciones] de manera inadmisiblemente amplia. El expediente revela que los Demandados se dedicaron al turismo expresamente prohibido” por la Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Mejora de las Exportaciones de 2000.
- “Carnival admite que sus excursiones nocturnas —Tropicana Cabaret: Ritmos de la Noche, Parisien Cabaret en el Hotel Nacional, El Cañonazo y Buenavista Social Club en el Habana Café— no constituían viajes” autorizados bajo la categoría de viajes para promover el contacto entre los pueblos.
- “Las descripciones de las excursiones nocturnas apoyan la conclusión de que las excursiones constituían turismo. La excursión a El Tropicana Cabaret, ‘el club nocturno más grande de Cuba’, involucró a los invitados viendo un ‘gran espectáculo al estilo de Las Vegas’ con ‘una bebida de bienvenida, más ¼ de botella de ron´con otras bebidas para mezclar. El Parisien Cabaret también involucró un espectáculo y bebidas. Y El Cañonazo fue un recorrido turístico y fotográfico por los lugares emblemáticos de La Habana, que terminó con una ‘ceremonia del cañón’ en una antigua fortaleza española. Ninguno de estos recorridos nocturnos involucró ‘un programa de actividades de tiempo completo destinado a mejorar el contacto con el pueblo cubano, apoyar a la sociedad civil en Cuba o promover la independencia del pueblo cubano de las autoridades cubanas’, o que resultó en una interacción significativa entre el viajero y las personas en Cuba. Las excursiones se centraron en ver espectáculos, visitar lugares emblemáticos y tomar fotografías, actividades ‘principalmente orientadas al turismo’”.
Sobre los pagos al gobierno cubano
- “Uno de ‘los propósitos detrás de la Ley de Comercio con el Enemigo y las Regulaciones de Control de Activos Cubanos’ es ‘negar a Cuba o a sus nacionales divisas que puedan ser utilizadas para promover actividades contrarias a los intereses de los Estados Unidos’. Sin embargo, Carnival pagó más de $18 millones a entidades controladas por el gobierno cubano para usar la Terminal. Carnival nunca realizó ningún pago en Cuba a nadie ni a ninguna entidad que no estuviera afiliada al Gobierno cubano”. Ninguna de las otras líneas de cruceros lo hizo, escribió.
Sobre participar en actos de “tráfico” “a sabiendas e intencionalmente”
- “Los Demandados son responsables en virtud de la Ley LIBERTAD si ‘a sabiendas e intencionalmente’ se involucraron en actos de tráfico. Aquí, los hechos indiscutibles muestran que los Demandados continuaron usando la Terminal después de obtener conocimiento real del Reclamo Certificado. También es indiscutible que los Demandados tenían motivos para conocer la Reclamación Certificada mucho antes de que los operadores de cruceros comenzaran a viajar a La Habana. La Reclamación Certificada ha sido un asunto de registro público desde 1971.”
Puede leer todo el documento aquí (en inglés).
Esta historia fue publicada originalmente el 22 de marzo de 2022, 1:08 p. m..