Ley convertiría en delito el fraude electoral en condominios
Cuando dos residentes llegaron a la policía condal a denunciar que les habían falsificado sus firmas para las elecciones de la junta directiva del condominio The Beach Club at Fontainebleau Park, en Miami-Dade, se encontraron con una respuesta casi increíble.
“Me tomaron la declaración, pero no hicieron nada”, dijo Paola Silvestri, quien denunció que la firma de su madre apareció en una boleta electoral, aunque ésta ni siquiera vive en Estados Unidos. Silvestri fue una de más de 80 propietarios que aseguran que sus rúbricas fueron falsificadas para los comicios de la junta.
Pero, aunque bajo la ley de la Florida la falsificación de firmas es un delito que acarrea hasta castigo de cárcel, aparentemente esto solo cuenta de la puerta de un condominio para afuera. Las leyes estatales que regulan los condominios (capítulo 718) ni siquiera incluyen cláusulas relacionadas con la falsificación de firmas. Esta y otras omisiones, según funcionarios policiales y de la fiscalía estatal, limitan su poder a la hora de investigar delitos en condos.
Ahora un proyecto de ley presentado por legisladores de Miami-Dade en Tallahassee, busca tipificar la falsificación de firmas en documentos de condominios y otras acciones como delitos, algunos como felonías de tercer grado, que podrían llevar a la cárcel a quienes los comenten.
La reforma de ley busca poner orden en un sistema de regulaciones arcaico, que protege muy poco a los propietarios de condominios, de acuerdo con decenas de casos documentados por el Nuevo Herald y Univisión 23 en la serie Condos de Pesadilla.
La mayoría de los cambios añaden o aclaran cláusulas en la ley, pero los legisladores además tuvieron que agregar secciones completas para abordar asuntos que la ley actual no contempla. Por ejemplo, varias acciones relacionadas con el fraude electoral, y la creación de páginas web (en edificios de 500 apartamentos o más) para hacer que la información administrativa y financiera esté disponible para todos los propietarios.
“El sistema está tan roto. Tiene que cambiar. Hay que agregarle dientes a la ley”, dijo hace un año el representante estatal José Félix Díaz, quien desde entonces trabajaba en el proyecto de ley. Díaz, cuyo distrito incluye cientos de apartamentos de condominios, como el de Fontainebleau, había intentado sin éxito conseguir algunas reformas en la ley de condos.
Esta vez Díaz trabajó con colegas demócratas y republicanos en el proyecto. Una versión similar fue presentada en el Senado por René García y José Javier Rodríguez. Ambas propuestas serán consideradas esta semana en el comité de justicia civil de la Cámara, el lunes a las 3 p.m. y en el comité judicial del Senado, el miércoles a las 4 p.m.
Algunas críticas
Aunque las reformas han recibido el apoyo de dueños de condos y de funcionarios de Miami-Dade, también ha habido críticas. Algunos abogados que representan asociaciones de condominios consideran que los legisladores se están excediendo al pedir castigos que incluyen penas judiciales.
“Hace años se está hablando de hacer las leyes más fuertes… yo estoy de acuerdo en que necesitamos leyes más fuertes”, dijo Michael Góngora, de la firma Becker & Poliakoff, durante una entrevista con Raquel Regalado en la emisora La Poderosa, el miércoles. “Una de las recomendaciones es quizás muy fuerte”.
Góngora se refiere a que se castigue como un delito el hecho de que miembros de una junta directiva no entreguen documentos a los que los propietarios tienen derecho.
La reforma busca castigar a los directivos que “a sabiendas y reiteradamente” bloquean el acceso a la información. Si los documentos financieros o de administración no son facilitados a todos los propietarios siguiendo el debido proceso, los responsables de entregar los documentos enfrentarían desde un delito menor, hasta una felonía de tercer grado si se comprueba que los documentos fueron retenidos con la intención de ocultar un delito.
Góngora dijo que eso podría disuadir a algunos propietarios de aspirar a los puestos voluntarios o meter a directivos en problemas legales, aunque los responsables de entregar los documentos sean los empleados de compañías de administración.
Durante el anuncio de la reforma, el senador Rodríguez enfatizó en que los castigos sólo afectarían a los que estén “haciendo las cosas mal”.
“Si usted está actuando con el mejor interés de sus vecinos en mente y está haciendo las cosas bien, no se preocupe, estos cambios no lo afectarán”, dijo Rodríguez.
Las reformas
En cuanto al fraude electoral, las reformas estipulan que estaría cometiendo un delito:
▪ Cualquier persona que establezca información falsa, bajo juramento, en conexión con las elecciones de la junta directiva de una asociación de condominio, o que conlleve a otra persona a hacer lo propio.
Hace un año el Nuevo Herald y Univisión 23 revelaron el caso de la notaria Carmen Aslán, quien ratificó que decenas de personas habían firmado frente a ella documentos de votación para elecciones de varios condominios. Pero las personas cuyas firmas fueron notariadas, dijeron que ni siquiera habían visto nunca a Aslán. La notaria además habría reclutado a varias personas en el condominio de Fontainebleau para que recogieran documentos firmados, que ella notarizó más tarde, sin que los firmantes estuvieran presentes.
▪ Las personas que emitan votos de manera fraudulenta, ya sea alterando la firma de alguien o suplantando a un propietario de condominios, cometería una felonía de tercer grado.
Además de la falsificación de firmas del condominio en Fontainebleau, la serie Condos de Pesadilla reveló casos tan insólitos de alteración de votos como el del edifico Los Sueños, en Hiealeah. Allí los resultados de las elecciones indicaron que hubo una participación del 115 por ciento de los propietarios. Eso debido a la duplicación de boletas para la elección de la junta. Osea, un dueño vota legítimamente, y alguien entrega otra boleta presuntamente también emitida por el mismo votante.
Conflictos de interés
En cuanto a los conflictos de interés, la propuesta de ley estipula que:
▪ Un abogado que represente negocios de la compañía de administración de un condominio, no puede también representar a la junta directiva de ese complejo.
▪ Ni un miembro de la junta directiva, ni una compañía de administración de condominio puede comprar un apartamento en ejecución hipotecaria, si la ejecución fue el resultado de pagos no realizados a la asociación.
Una de las quejas constantes de los propietarios de apartamentos, es que los directivos de sus asociaciones o las compañías de administración les ponen trabas a la hora de pagar sus cuotas especiales o mantenimiento, para poder llevar sus viviendas a una ejecución hipotecaria. En algunos casos, las compañías terminan comprando o transfiriéndose el título de las propiedades.
▪ Todo miembro de una junta directiva o sus familiares deben hacerle conocer cualquier conflicto de interés potencial al resto de la junta directiva, y la junta debe notificar a todos los propietarios del condominio.
Además, ningún miembro de una junta directiva podrá obtener contratos para proveer servicios en el condominio. En la actualidad, los directivos pueden otorgarse contratos de mantenimiento y servicios, como limpieza, pintura y reparaciones, siempre que lo divulguen a los demás miembros de la junta directiva.
▪ Una junta directiva ya no tendría el derecho de certificar la validez de un revocatorio.
Bajo la ley actual, si los residentes de un condominio organizan un revocatorio de uno, varios o todos los miembros de la junta, el revocatorio no puede proceder sin la certificación de la propia junta.
Siga a Brenda Medina en Twitter: @BrendaMedinar
Esta historia fue publicada originalmente el 18 de marzo de 2017, 8:18 p. m. with the headline "Ley convertiría en delito el fraude electoral en condominios."